¡Ahí está el detalle!
El interés legítimo en la impartición de justicia / Miguel Concha, en La Jornada. El concepto de interés legítimo supone la existencia de un interés cualificado respecto de la legalidad de actos impugnados. Esta noción jurídica no puede reducirse a un enunciado de buenas intenciones de la autoridad, que pueda ser pasado por alto sin mayores consecuencias cuando las leyes garantizan derechos, contemplan la participación social y dan opciones de exigibilidad en determinadas materias.
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