El día de hoy, el Centro Prodh presenta su Informe «Discriminados y encarcelados: Detenciones y condenas arbitrarias a personas indígenas inocentes en México», mismo que se dará a conocer ante el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de las Naciones Unidas (Comité CERD), con el objetivo de que sea instrumento de apoyo a sus consideraciones, respecto al examen de los informes periódicos 16º y 17º del Estado mexicano, que serán presentados en Ginebra, Suiza, los días 14 y 15 de febrero de este año.
Este Informe tiene como sustento los problemas estructurales que aquejan al sistema penal mexicano y la vulnerabilidad en la que se sitúan los pueblos indígenas frente a éste, cuestión documentada y atendida en distintos casos de defensa integral del Centro Prodh. De manera especial, los pueblos indígenas padecen un clima de discriminación racial, económica y social; esta práctica también es permanente en los órganos de procuración y administración de justicia. En un momento en el que el Estado mexicano se encuentra en medio de una fallida “guerra” contra el crimen organizado, los y las indígenas se vuelven chivos expiatorios con los que los órganos de justicia pretenden demostrar que están cumpliendo su deber de garantizar la seguridad de la población.
Ejemplo de lo anterior fueron los casos litigados por el Centro Prodh de Jacinta Francisco Marcial, Alberta Alcántara Juan y Teresa González Cornelio, mujeres indígenas que estuvieron durante años injústamente presas acusadas, de forma inverosímil, de haber secuestrado a seis agentes federales de investigación. Lo mismo sufrió Basilia Ucan Nah, mujer maya que fue acusada de lenocinio y corrupción de menores.
Actualmente, Hugo Sánchez Ramírez, indígena mazahua del Estado de México, está condenado a casi cuarenta años por el falso delito de secuestro. Su caso actualmente se encuentra ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, esperando sentar paradigmas que impidan nuevas injusticias. En situación similar se encuentran José Ramón Aniceto y Pascual Agustín Cruz, indígenas nahuas de Pahuatlán, Puebla, quienes fueron sentenciados por un delito de robo que ni siquiera existió; todo esto, en represalia por haber defendido el derecho de su comunidad a contar con agua potable.
Con los ejemplos arriba expuestos y que son descritos a profundidad en el Informe, es suficiente para señalar que el Estado mexicano tiene un pendiente urgente de justicia con los pueblos originarios y, en general, con todas y todos los mexicanos. Es urgente terminar con la práctica de las detenciones arbitrarias y, por otra parte, mejorar el acceso a todas las personas a un juicio justo. A manera de conclusión, el Informe señala por su relevancia los siguientes aspectos que el Estado debe garantizar:
- La realización de investigaciones inmediatas, completas y arbitarias de las detenciones arbitrarias cometidas por servidores públicos, así como las alegaciones de haber inventado declaraciones o hechos para fabricar cargos penales en contra de una persona o grupo de personas, especialmente si fuera por motivos discriminatorios.
- Que toda persona detenida o involucrada en un proceso penal tenga los servicios de interpretación y defensoría, con la correcta capacitación y conocimiento de la lengua, la cultura y el entorno social, de acuerdo al derecho mexicano e internacional.
- La presunción de inocencia, la exclusión de pruebas ilícitas, la valoración de las pruebas presentadas con base en criterios imparciales y la no aplicación del criterio de inmediatez procesal.
- La implementación del nuevo sistema penal oral y acusatorio.
Sin embargo, dice el Informe, para resolver de forma estructural el problema, el Estado deberá tomar las acciones necesarias para revertir las condiciones de discriminación y marginación en que sigue viviendo la población indígena en el país. Sólo acabando con las condiciones de violencia estructural -social, económica, cultural- en que vive la población indígena, y respetando plenamente sus derechos (relativos a su tierra y territorio, identidad cultural, sistemas tradicionales y derecho a determinar su modo de vida y desarrollo, entre otros), se contribuirá al acceso sin discriminación, no solamente a la justicia, sino también a las condiciones para vivir en dignidad e igualdad.