Ciudad de México, 13 de noviembre de 2019. Los amparos concedidos a Mario Marín, Adolfo Karam y Kamel Nacif no significan que esté en duda su probable responsabilidad en la tortura a la periodista Lydia Cacho ni que se suspendan las órdenes de aprehensión en su contra, informó la organización ARTICLE 19, representante legal de la comunicadora.
«En este sentido, ARTICLE 19 hace nuevamente un enérgico llamado a la FEADLE para que dichas órdenes sean ejecutadas de manera oportuna a fin de garantizar el acceso a la justicia y la verdad para Lydia Cacho», señaló la organización.
Ayer, ARTICLE 19 fue notificado sobre las sentencias de amparo en los juicios números 15/2019, 16/2019 y 40/2019 del Segundo Tribunal Unitario en Quintana Roo, los cuales fueron promovidos por las tres personas mencionadas en contra de las órdenes de aprehensión giradas en su contra por su probable responsabilidad en la comisión del delito de tortura en contra de la periodista en diciembre de 2005.
Aunque estas sentencias otorgan el amparo a las personas indiciadas, estos son solamente para efectos de que la resolución que ordena su aprehensión sea revisada en temas formales, lo cual implica que no se cuestionó la probable responsabilidad de los tres indiciados ni tampoco dejan sin efectos las órdenes de aprehensión giradas en su contra, por lo que continúan vigentes.
«ARTICLE 19 en representación de los intereses de Lydia Cacho, acudirá ante segunda instancia a efecto de que estas sentencias de amparo sean revisadas por un Tribunal Colegiado, solicitando que las mismas sean analizadas a la luz de los más altos estándares internacionales, que de igual forma velen por el acceso a la justicia y verdad de Lydia Cacho», adelantó la organización.