Reconocen que Gobierno federal no ha garantizado derecho al ambiente sano en Valle de Bravo

*CEMDA ha presentado denuncias por 17 obras irregulares de todo tipo en la cuenca Valle de Bravo-Amanalco, como tiraderos clandestinos, proyectos inmobiliarios y relleno de barrancas, entre otros.

Ciudad de México, 02 de abril de 2019. El 21 de febrero pasado de este año, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito resolvió un recurso interpuesto por el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (Cemda) y un colectivo de habitantes de Valle de Bravo, en el que reconoció el incumplimiento por parte de las autoridades federales de su obligación de garantizar el derecho a un medio ambiente sano.

El CEMDA consideró que en la resolución del tribunal  se establecen elementos muy importantes para la defensa y protección del medio ambiente, como son reconocer el interés legítimo de las personas que interpusieron la demanda, además de ordenar al juzgador realizar un escrutinio más detallado de los problemas ambientales planteados en la demanda de amparo ante un posible peligro de daño ambiental. 

Desde julio del 2017, derivado de diversas circunstancias que estaban dañando el ecosistema boscoso de Valle de Bravo y el Área Natural Protegida (ANP) federal, tales como cambios de uso de suelo, contaminación del agua, disminución de flora y fauna silvestre, y asentamientos humanos, entre otros, un colectivo de personas presentaron una demanda de amparo en contra de la omisión de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) y de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) de elaborar y publicar el Programa de Manejo de dicha ANP. También se reclamó la omisión de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) de vigilar y sancionar las diferentes actividades ilícitas que se realizan dentro del ANP.
 
De acuerdo con lo que señala la ley, los Programas de Manejo de las Áreas Naturales Protegidas deben publicarse en un plazo máximo de un año posterior a su decreto. En el caso del ANP de Valle de Bravo, ésta fue decretada desde 1941 -y recategorizada en el 2005- sin que se hubiera expedido el Programa correspondiente.
 
«Los Programas de Manejo son fundamentales para garantizar la efectiva protección y conservación de los recursos naturales que se encuentran dentro de un ANP, pues en ellos se delimitan las actividades que pueden realizase dentro de éstas, lo cual brinda certeza jurídica para la conservación de los procesos ecológicos en la región», explicó la organización ambientalista.
  
El Programa de Manejo del ANP de Valle de Bravo fue publicado el pasado 30 de noviembre de 2018, fecha anterior a la emisión de esta sentencia.
 
«Aún está pendiente que la Profepa haga llegar a la autoridad la información en la que demuestre que realizó sus funciones de vigilar y sancionar las diferentes actividades ilícitas que ocurren dentro del ANP en mención. Al respecto, lo que ha ocurrido en la práctica en la zona de Valle de Bravo es que las visitas de Profepa se han limitado al tema de impacto ambiental, pero no ha existido supervisión en lo que se refiere a los cambios de uso de suelo en materia forestal, lo que ha propiciado una gran cantidad de desmontes ilegales y surgimiento de construcciones irregulares en la zona», explicaron.
 
Hasta el momento, CEMDA ha presentado denuncias por 17 obras irregulares de todo tipo en la cuenca Valle de Bravo-Amanalco, como tiraderos clandestinos, proyectos inmobiliarios y relleno de barrancas, entre otros.