* Llama el organismo del Sistema Nacional de Búsqueda a que la SRE permita que la ONU conozca de casos individuales.
Ciudad de México, 01 de febrero de 2019. El Consejo Nacional Ciudadano del Sistema Nacional de Búsqueda llamó al Gobierno federal a aceptar la competencia del Comité contra las Desapariciones Forzadas de la ONU para conocer de casos individuales de México, en seguimiento al amparo obtenido por la familia Trujillo Herrera.
El pasado lunes se conoció que el Juez Tercero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, Martín Adolfo Santos Pérez, emitió una sentencia de amparo a favor de María Herrera Magdaleno y Juan Carlos Trujillo Herrera, madre y hermano de los desaparecidos Raúl, Salvador, Luis Armando y Gustavo Trujillo Herrera. En su resolución, el Juez ordena a la Secretaría de Relaciones Exteriores definir, en 60 días naturales, la aceptación de la competencia sobre casos individuales del Comité contra las Desapariciones Forzadas de las Naciones Unidas (Comité CED) de la ONU, lo que permitiría a miles de familiares de víctimas de desaparición elevar sus peticiones ante este órgano internacional.
El Consejo Nacional Ciudadano consideró que el cumplimiento de esta resolución es una oportunidad única para que el nuevo gobierno refrende su compromiso con la protección de los derechos a la verdad y la justicia de las víctimas de desaparición forzada, y con el cumplimiento del objeto y fin de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda. «Esta acción sería un avance más en la nueva etapa de colaboración con los organismos internacionales de protección de los derechos humanos de la ONU y el Sistema Interamericano, anunciada a partir de la creación de la Comisión Presidencial para acceder a la verdad y la justicia en el caso Ayotzinapa», explicó.
Aunque México firmó y ratificó, desde 2008, la Convención Internacional para la Protección de Personas contra las Desapariciones Forzadas, reconociendo además al Comité CED, el Estado impidió que el Comité pudiera conocer peticiones individuales; con ello se privó a los familiares de las personas desaparecidas en México de poder acudir a una importante garantía internacional.
En virtud de que esta determinación atentaba contra la propia efectividad de la Convención, familiares de víctimas, el sistema ombudsman, legisladores, la Oficina en México de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos, el propio Comité e incluso otros países durante el Examen Periódico Universal, instaron en diversos momentos a México para que permitiera al Comité conocer peticiones individuales. Sin embargo, durante las administraciones de Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto, la Secretaría de Relaciones Exteriores se negó a aceptar la competencia del Comité y adujo, desde 2010, que se encontraba realizando consultas entre los propios organismos federales para tomar la decisión correspondiente. Nueve años después, esas consultas no habían concluido.
Frente a esta situación, la familia Trujillo Herrera, con representación del Centro Prodh, una demanda de amparo en la que reclamaba la omisión del Presidente de la República, del Secretario de Relaciones Exteriores, del Subsecretario de Relaciones Exteriores y del Director General de Derechos Humanos y Democracia de la Subsecretaria de Relaciones Exteriores de aceptar competencia del Comité CED para recibir y examinar comunicaciones individuales, considerando que ello negaba a los familiares de las víctimas de una desaparición la posibilidad de acudir a una instancia internacional para exigir la defensa de sus derechos.
Después de un largo proceso, la sentencia concedida por el Juez reconoció finalmente la extrema gravedad de la desaparición forzada. También refirió el fallo que en México este crimen ha alcanzado dimensiones críticas.