México, D.F.- La Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH), ante la aprobación por unanimidad el día de ayer en el Senado de la República de la reforma al Código de Justicia Militar, destacó el carácter abierto, participativo e incluyente del proceso de discusión y preparación del dictamen, y que finalmente alcanzó tan contundente respaldo legislativo.
El Senado procedió a señalar los límites que deben imponerse a la jurisdicción militar, de manera que los delitos y las violaciones a derechos humanos cometidos por personal castrense en contra de personas civiles son ahora sustraídos del conocimiento del fuero de guerra, lo cual atiende una recomendación que le fue formulada en numerosas ocasiones a México en años recientes por diversos mecanismos internacionales de protección de los derechos humanos.
La reforma aprobada, que debe seguir su curso en la Cámara de Diputados, contempla adicionalmente otros elementos necesarios para favorecer el debido proceso al interior de la jurisdicción militar, entre los que destaca el principio de presunción de inocencia.
Sin embargo, tal y como lo ha expresado la ONU-DH de forma reiterada, el reto de cumplir de manera precisa y a la vez integral con las sentencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la Corte Interamericana de Derechos Humanos y las recomendaciones formuladas por Comités de los Tratados y Relatores y Grupos de Trabajo de las Naciones Unidas, dentro del alcance restrictivo y excepcional en el cual debe enmarcarse la jurisdicción militar, requiere que también se extienda la garantía de una judicatura independiente, el derecho al debido proceso y el principio de igual protección de la ley a aquellos militares que resultaran víctimas de violaciones a sus derechos humanos cometidas por otros elementos de las propias fuerzas armadas.Esfuerzos adicionales para alcanzar este objetivo se hacen necesarios, así como para que se logre que los lugares donde se lleve a cabo la prisión preventiva y la compurgación de las penas por delitos propios de la jurisdicción civil no sean de naturaleza militar.