La criminalización de la pobreza y el sistema de justicia penal

 

 

 

*Columna

«La justicia es como las serpientes, sólo muerde a los descalzos”

Oscar Arnulfo Romero

Por Simón Hernández León/Centro Prodh

Imagen retomada de Internet

México, DF.- Los recursos económicos y la clase social condicionan, de forma estructural, la existencia de las personas y su relación frente a las instituciones del Estado. En el caso del sistema penal, la condición económica es un factor de discriminación y de estigmatización que favorece la violación de derechos humanos, particularmente de los grupos sociales más vulnerables.  

En nuestra sociedad las personas con escasos recursos y de determinadas clases sociales, tienden a ser asociados por su condición, con la delincuencia. La criminalidad se esencializa, hasta terminar en la formulación de que las personas pobres son por ese hecho, delincuentes. Este reduccionismo de pobreza-delincuencia alienta a que las instituciones operen bajo esta lógica discriminatoria.

La criminalización de la pobreza se verifica en el funcionamiento institucional del sistema penal que a pesar de su inoperancia estructural, logra perseguir y castigar con notable eficiencia los delitos patrimoniales, particularmente el robo. La operatividad selectiva del sistema se pone en evidencia cuando las estadísticas demuestran que se concentra en los robos de cuantía menor, que son justamente, los cometidos por la población en condición de pobreza.

En efecto, un estudio de México Evalúa señala que 42.9 por ciento de los presos internos a nivel nacional fueron acusados o condenados por robo.[1] Otra investigación nacional de la Pastoral Penitenciaria de la Conferencia del Episcopado Mexicano (CEM) concluyó que en los casos relacionados a robo 62 por ciento  eran por un monto de 2 mil pesos o menor.[2] Finalmente, un estudio del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE) elaborado en el Distrito Federal y el Estado de México, concluye que en ambas entidades la mitad de las personas procesadas por robo son por 5 mil pesos o menos, y una cuarta parte por 700 pesos o menos. [3] El CIDE concluye que “se detienen más delincuentes que han cometido delitos de poca monta y proporcionalmente menos delincuentes por delitos graves”.

De esta forma el sistema de procuración e impartición de justicia es altamente efectivo para perseguir y sancionar a los más pobres. Hay una posibilidad muy alta de ser procesado y sentenciado por robar una mercancía de un supermercado que por la comisión de un delito fiscal. Esto demuestra no que los pobres comentan más delitos, sino que del universo poblacional en el que los robos y otros delitos se dan en todas las clases sociales y en montos mucho mayores, el sistema se focalizará en la criminalización de la pobreza.

Una vez dentro del engranaje legal, la condición social implicará una limitación para contratar un defensor, pagar copias de voluminosos expedientes, interponer recursos u obtener beneficios. Dentro del sistema penitenciario las limitaciones son aún más graves: el cobro por el pase de lista, bañarse, tener artículos de higiene personal, por el acceso a áreas de juego, estudio y trabajo, pagar protección o un piso para dormir e incluso para el derecho a visita conyugal. La violencia económica se extiende a las familias que deben pagar por evitar filas durante horas para las visitas, ingresar alimentos o solventar las innumerables cuotas que funcionan como regla no escrita dentro de los centros de reclusión.

De esta forma el derecho penal, bajo la lógica de exclusión, legítima el poder punitivo mediante lo que Eugenio Zafaronni define como criminalización selectiva de las leyes penales; es decir, su empleo dirigido a ciertos grupos sociales. Consecuentemente, la prisión como fin del proceso penal no busca la reinserción como en su formulación ideal, sino el castigo. Esto se agrava con el modelo de privatización de las cárceles ya que la iniciativa privada busca asegurar su inversión y reproducir el capital más que reinsertar a la población interna.

La pobreza como producto social, factor de discriminación y desventaja frente al sistema penal, termina por consolidar un modelo de gestión estatal de los pobres, que desde las estructuras del Estado controla, castiga y explota la pobreza.

@simonhdezleon

 


[1] México Evalúa, Centro de Análisis de Políticas Públicas, La cárcel en México: ¿Para qué? México, 2013.

[2] David Saúl Vela, “Cárcel por robar menos de $2 mil”, La Razón, http://razon.com.mx/spip.php?article13815

[3] Centro de Investigación y Docencia Económicas, Delincuencia, marginalidad y desempeño institucional. Resultados de la Tercera Encuesta a Población en Reclusión en el Distrito Federal y el Estado de México, México, 2009.