*Columna
Por Andrés Díaz Fernádez/Centro Prodh
México, DF.- En este espacio se ha hablado de los derechos que tienen las personas que se encuentran acusadas de algún delito, además de analizar un sistema de justicia penal mexicano que no funciona por la ausencia de métodos de investigación reales, por la corrupción de sus operantes y porque usualmente se encuentra al servicio de los más poderosos. En esta ocasión nos centraremos en los aspectos que están fuera de la ley, fuera de las pretensiones de los acusadores y la defensa, pero que en cierta medida marcan la pauta de las relaciones sociales en torno al caso concreto. A éstos les llamamos aspectos psicosociales.
Cuando una persona es detenida se inicia una serie de afectaciones mediante el menoscabo de sus derechos, como el de la libertad, sino también a su entorno nuclear y familiar. En el caso de que el detenido sea inocente, esta situación es más compleja, pues es quien tiene la verdad con relación a su inocencia, y tratará de emplear todas las herramientas a su alcance para que su defensa sea exitosa. Numerosos presos en las cárceles mexicanas y sus familias comentan que “tienen que probar su inocencia”. Esto va más allá de que se respete o no el derecho a la presunción de inocencia, sino que también hay que verlo dentro de las dinámicas sociales que se generan al interior.
La persona detenida cumple, desde el momento mismo de su detención, un papel: ser el enfoque de la culpabilidad del caso. La mezcla de la idea de culpabilidad de una persona, más esa persona produce un juicio. Todas las formalidades del proceso se rodean bajo la premisa de que esa posible responsabilidad sea comprobada, de lo contrario, no tendría sentido mantener a una persona sujeta a un procedimiento. Inclusive en los casos de fabricación de culpables, tan comunes en México, la idea de culpabilidad existe, no en un ámbito fundamentalmente técnico, sino en el contexto de la utilización de un sistema de justicia penal para aparentar la eficiencia, justicia y la baja de delitos frente a la ciudadanía.
Idea de culpabilidad + Persona específica = JUICIO
Ahora bien, una vez obtenida esta idea de culpabilidad –a través de cualquier método que usualmente se emplea: tortura, aleccionamiento de testigos, modificación de pruebas, declaraciones falsas, amenazas, o en algunos pocos casos una investigación conducente y demostrativa– tanto el acusado como sus relaciones cercanas, nucleares y comunitarias, también se enfrentarán ante esta idea de culpabilidad.
Si la persona es un chivo expiatorio para determinado caso, probablemente la sola presentación y acusación creará desconfianza y duda sobre su moralidad e inocencia. Si era una luchadora o luchador social y fue aprehendido por cuestiones relacionadas a su ideología o activismo, su acusación ocasionará por una parte miedo y angustia en sus compañeros, y por otra parte, la necesidad de replantear sus inmediatas exigencias para enfocarse en la liberación de la compañera o compañero.
En todos los casos, las familias y demás personas cercanas a los detenidos se enfrentan también ante un cambio de posicionamiento en sus vidas. Es obvio que al tener estrechos vínculos con una persona que ha sido acusada de algún delito –y que quizá también se encuentre presa– la inercia de la detención les arrastre también a ver imposibilitado o menoscabado también el ejercicio de ciertos. Su dinámica de vida gira el rumbo y ahora tienen que ser los administradores principales de la libertad de su familiar o amigo.
Esto genera angustia, sentimiento de soledad comunitaria, y en muchos casos, preocupaciones económicas, riesgo de sufrir daños a su integridad personal, temor de más menoscabo de sus derechos, confrontación con las autoridades de procuración y administración de justicia a través de una posición desigual. ¿Acaso esto no daña el aspecto psicológico del individuo preso y sus cercanos, así como el aspecto de sus relaciones sociales?
Este es el origen y valoración de las afectaciones psicosociales que se generan cuando hay un nuevo acusado o un nuevo preso. Estas afectaciones no son contempladas en la ley, aunque la familia “esté ahí dentro con él”, como dijo Hugo Sánchez Ramírez al salir de la prisión. Estas afectaciones psicosociales, serán más graves en la medida en que la persona se encuentre dentro de los patrones de discriminación histórica que lamentablemente siguen existiendo en México.
@AndresTeix