*Opinión
Por Andrés Díaz Fernández/Centro Prodh
Martha Alicia Camacho Loaiza, tuvo un cambio radical en su vida, el 19 de agosto de 1977 fue víctima de desaparición forzada por parte de agentes de la extinta Dirección Federal de Seguridad (DFS), elementos de la Policía Judicial de Sinaloa y miembros del Ejército mexicano. Tenía ocho meses de embarazo cuando fue sustraída de su domicilio, junto con su vecina Josefina Machado y su esposo José Manuel Alapizco.
José Manuel era profesor de Ingeniería en la Universidad Autónoma de Sinaloa y Martha era estudiante de economía en la misma casa de estudios. Ambos pertenecían a la Liga Comunista 23 de Septiembre.
Como la tortura era orden y “técnica de investigación” empleada por la llamada Brigada Blanca, de la DFS, a José Manuel lo mutilaron y ejecutaron extrajudicialmente. Martha siguió sufriendo de torturas, incluyendo en el parto de su hijo, pues tan a sólo segundos de que nació su bebé amenazaron con matar.
Después de estar recluida durante 49 días en la novena zona militar y en una casa de seguridad en Culiacán, fue liberada. Martha sobrevivió a la desaparición forzada.
Investigaciones muertas
Ella jamás olvidó su historia ni a los compañeros de lucha, que pudo ver o saber que estuvieron presos. Años siguientes se integró a la Unión de Madres con Hijos Desaparecidos de Sinaloa (UMHDS) de la cual es presidenta.
Luego de crearse la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femospp) en el 2002, Martha y las madres interpusieron las denuncias sobre sus familiares. El caso de Martha resultó más complejo y singular, pues denunció su propia desaparición forzada y la ejecución extrajudicial de su esposo. Sin embargo, la Fiscalía comenzó la averiguación previa por “privación ilegal de la libertad”, “abuso de autoridad” y “homicidio”.
En el contexto de la llamada “guerra sucia”, hubo crímenes de lesa humanidad, porque son delitos cometidos por miembros del Estado en una clara política sistemática de violación a los derechos humanos. Como es conocido y regulado por diversos instrumentos internacionales, estos crímenes jamás prescriben. Por lo mismo, la Femospp decidió perseguirlos con las tipificaciones de la ley nacional aplicable al momento de los hechos, es decir, se iniciaron investigaciones muertas. Las investigaciones de la Fiscalía terminaron el 30 de noviembre de 2006.
En febrero de 2013, Martha fue notificada sobre la definitiva del “no ejercicio de la acción penal” por motivos de prescripción de los delitos, es decir, se cerró el caso porque son delitos que no se pueden juzgar porque “ya pasó mucho tiempo”.
Ante eso, y acompañada por el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), se interpuso un amparo indirecto que se está tramitando en el Juzgado Octavo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal. Por la información que se tiene, es de los pocos casos –si no es que el único– que actualmente están dirimiendo la responsabilidad del Estado mexicano en los crímenes de lesa humanidad.
En medio de un contexto lleno de violencia, donde la desaparición forzada y las ejecuciones extrajudiciales forman parte del cotidiano de la población mexicana, es necesario crear criterios a fin de interrumpir la impunidad.