#NoALaCensuraEnNuevoLeón

Por Xosé Roberto Figueroa Rivera/Centro Prodh

Foto retomada del sitio interactividad.org

El 29 de mayo pasado, el Congreso del Estado de Nuevo León aprobó una adición al artículo 345 Bis del Código Penal de la entidad: «comete el delito de difamación quien utilice cualquier medio electrónico para difundir, revelar, ceder o transmitir una o más imágenes, grabaciones audiovisuales o texto para causarle a una o varias personas deshonra, descrédito, perjuicio o exponerla al desprestigio de alguien».

La reacción en las redes sociales no se hizo esperar, miles de activistas en Twitter presentaron su inconformidad ante esta reforma con la creación de los hashtags #CensurameEsta y #NoALaCensuraenTwitter, al mismo tiempo, en el Congreso local, miembros de Federación Libertad de un Pueblo realizaron una clausura simbólica de la sede legislativa, y la página del Congreso estatal fue inhabilitada por parte de hacktivistasde Anonymous.

Las y los legisladores justificaron esta modificación bajo la bandera de lucha contra el cyberbullying,definido como el uso de los medios telemáticos (Internet, telefonía móvil y videojuegos online principalmente) para ejercer el acoso psicológico entre iguales.

La organización Artículo 19, que se dedicada a la defensa de la libertad de expresión indicó «el daño moral que puede generar el cyberbullying no debe de sancionarse con pena de cárcel, sino que debe resolverse por la vía civil», además recalcó «pese a las recomendaciones internacionales de despenalizar los llamados delitos contra el honor porque coartan los derechos de libertad de expresión opinión e información, se ha procedido agregar delitos que tienen como efecto criminalizar la libre circulación de ideas, informaciones y opiniones», pues el Estado tiene la obligación de tomar las medidas necesarias para el cumplimento de las recomendaciones internacionales en materia de derechos humanos, armonizando la legislación nacional conforme a los derechos humanos.

No es la primera vez que el gobierno intenta censurar las redes sociales, un ejemplo reciente sucedió el 10 de mayo, cuando varias personas se pusieron de acuerdo para posicionar como TrendingTopic (TT) el hashtag #chingasatumadreepn, una vez que llegó a los primeros lugares de popularidad, se denunció este hashtag como ofensivo y fue dado de baja de la lista, solamente para ser remplazado en pocas horas por el TT #rechingasatumadreepn; otro ejemplo es el caso con los videos en youtube que exponen a la opinión pública los errores de funcionarias y funcionarios como Rosario Robles, Miguel Osorio Chong o el mismo Enrique Peña Nieto, que son censurados al poco tiempo de volverse virales.

Finalmente el ejemplo más representativo es el caso de Veracruz, cuando en 2011, se criminalizó a dos jóvenes por alertar a la sociedad  través de Twitter sobre balaceras y amenazas emitidas por el crimen organizado, sin embargo, luego de la demanda social de poner en libertad a los jóvenes, ante la inexistencia de un delito que justificara la detención arbitraria, el gobierno no tuvo más opción que dejarlos libres, no sin antes generar una legislación necesaria para fundamentar su proceder.

Aunque existe el método de denuncia y solicitud de eliminación de mensajes ofensivos en las redes sociales, el tiempo que llegan a tardar en hacerse efectivos parece ser demasiado para las autoridades, por lo que ahora recurren a estas violaciones con la intención de controlar la opinión pública, sin por lo menos hacer un análisis de constitucionalidad y/o respeto a los derechos humanos.

Es alarmante ver que otro estado más haya tomado el camino de la censura de las redes sociales, pero es más preocupante aún que traten de disfrazarlo con una problemática que amerita analizar a fondo y presentar propuesta más completa como es el ciberbullying.

Esto es tan solo el principio de una política de Ley Mordaza, en donde se viola el derecho de libertad de expresión con el objetivo de censura, hecho se reproduce ahora  en Nuevo León con la intención de callar la voz del pueblo.