Por Área de Internacional y Defensa/Centro Prodh
Los derechos humanos a una vivienda digna y a un medio ambiente sano siguen sin garantizarse en México. Un ejemplo de lo anterior es la problemática de los conjuntos urbanos o denominadas viviendas de interés social: aunque se presenten como una solución a la falta de viviendas, suelen carecer de requisitos básicos, presentando deficiencias estructurales, falta de servicios adecuados y en algunos casos severos problemas de contaminación.
En el caso del conjunto urbano construido en el fraccionamiento Las Américas, en el municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de México, lo anterior adquiere una nueva dimensión. En 2003 el gobierno del Estado de México autorizó a la empresa Consorcio de Ingeniería Integral S.A. de C.V. (“Grupo ARA”), la construcción de una unidad habitacional de 13 mil viviendas en una zona altamente contaminada en donde estuvo instalada la empresa Sosa Texcoco, misma que durante décadas se dedicaba a la producción de sosa cáustica, dejando residuos de níquel, cromo, manganeso, cadmio, plomo y arsénico en la zona (metales pesados cuyos niveles por encima de lo permitido ocasionan graves daños a la salud).
Aunque en un documento oficial publicado en la Gaceta estatal el propio gobierno local reconoció que se trataba de una de las áreas más contaminadas del Estado, autorizó la construcción de las viviendas. Es más, gran parte de los desechos contaminados fue utilizada por la empresa constructora como material de relleno para cimentarlas viviendas.
Ahora los metales dejados en el suelo por Sosa Texcoco llegan directamente a las y los habitantes por medio del sistema de abastecimiento de agua potable. A pesar de que la autoridad no ha investigado las repercusiones insalubres, se han presentado casos de enfermedades respiratorias, de la piel y otras incluyendo cáncer. Por otro lado, a diez años de construido el conjunto urbano, las viviendas, calles, avenidas e infraestructuras presentan graves deficiencias, entre las que se destaca el deterioro acelerado del concreto utilizado para construir las casas, producto del uso de ingredientes viciados de origen. El sistema de recolección de aguas presenta deficiencias que provocan la acumulación de aguas fétidas, mientras existen omisiones de instalaciones eléctricas y serias irregularidades en las normas de instalación.
Por otro lado, el Dr. Ing. José Eduardo Naquid Lajud, residente de Las Américas que ha realizado y gestionado diversos estudios sobre los problemas expuestos, interpuso recursos legales para reivindicar los derechos violados en este caso, ante ello, ha recibido amenazas, incluyendo amenazas de muerte y de la posibilidad de fabricarle un delito.
Ante estos últimos sucesos se acudió ante la Organización de las Naciones Unidas (ONU), presentándose el caso a varias Relatorías en materia de Derechos Humanos. Al revisar la información suministrada en 2012, el Relator Especial sobre Libertad de Expresión, la Relatora Especial sobre Defensores de Derechos Humanos y el Relator Especial sobre Ejecuciones Extrajudiciales, enviaron una comunicación conjunta al Estado mexicano expresando su preocupación por la situación y la seguridad del denunciante.
Por otro lado, Naquid Lajud denunció desde abril de 2011 el atentado contra su salud y la de sus familiares así como contra su patrimonio familiar. Sin embargo, después de 10 meses de investigación poco exhaustiva, el Ministerio Público (MP) adscrito a la Unidad de Investigación de Delitos contra el Ambiente y Previstos en Leyes Especiales (UEIDAPLE) de la Procuraduría General de la República (PGR) consideró que no contaba con elementos suficientes para continuar la investigación ni ejercitar acción penal.
Luego de recurrir este acto al interior de la Procuraduría y obteniendo por respuesta el 18 de junio de 2012 la autorización definitiva de que esa autoridad no perseguiría ningún delito relacionado con los hechos, el ingeniero y su familia interpusieron una demanda de amparo contra esta ilegal resolución, al existir un potencial daño a la salud, pérdida patrimonial y quebranto en sus derechos fundamentales. Situación que confirmó el juez Decimocuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal, al determinar que existe interés para acudir a este medio de defensa.
Además, el juez resolvió que no podía entrar a conocer el fondo del asunto sobre si es constitucional y convencional el no ejercicio de la acción penal; no obstante, aseguró que los acontecimientos podrían impactar en los derechos fundamentales de salud y propiedad. Ello en virtud de que la el Subprocurador en Investigación Especializada en Delitos Federales de PGR no realizó argumentos propios razonando por qué es procedente la determinación del MP, ni señaló qué diligencias adicionales podían realizarse para llegar a una u otra decisión.
Por lo anterior, otorgó el amparo y protección de la justicia a fin de que el Subprocurador emita una nueva resolución en la que purgue los vicios formales. Resolución jurisdiccional que abona al trazo de un camino limpio a fin de que con posterioridad se ataque el fondo de la cuestión y se sostenga con firmeza que la construcción de esas viviendas, la falta de supervisión y la autorización negligente por parte de la empresa y el Estado, respectivamente, constituyen hechos delictivos en perjuicio del medio ambiente, la salud y el patrimonio de los habitantes del complejo urbano Las Américas.
Este caso nos demuestra que mientras el Estado mexicano no adopte políticas destinadas a garantizar el derecho a una vivienda digna, gran parte de la población seguirá padeciendo las consecuencias negativas en su salud, su acceso al agua potable, a un patrimonio seguro y otros derechos. No podemos seguir permitiendo que se violen los derechos humanos para que las empresas privadas aumenten sus ganancias a costo del bienestar de las y los ciudadanos.