México: Desaparición forzada y terrorismo de Estado

Performance durante la presentación del libro «Desaparición forzada y terrorismo de Estado»/Foto Centro Prodh

“…Mire, yo no sé cuándo se lo llevaron, se fue y yo no supe de él, yo sufrí mucho” “No comía no dormía, sentía morirme, me andaba muriendo por dentro”, son algunos de los testimonios que recoge el libro Desaparición forzada y terrorismo de Estado, el cual recopila las memorias de represión de Atoyac, Guerrero durante la década de los 70.

Las semana pasada la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos y Víctimas de Violaciones a los Derechos Humanos  (Afadem), presentó  en el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, donde destacó que en el periodo de terror de Estado de la década de los 70 y 80 se registraron 810 personas detenidas desaparecidas, y que en general en México, existen más de mil 200 ciudadanos detenidos desaparecidos por motivos políticos.

Respecto a la desaparición forzada de personas (DFP)–década de los 70 y 80- no fueron combatientes armados sino que formaban bases de apoyo, simpatizantes, parientes o inclusive personas ajenas al conflicto, por ello, las autoras Andrea Radilla Martínez (q.e.d) y Claudia Rangel, decidieron nombrar la DFP como “terrorismo de Estado”.

Las autoras dejan claro que el “este terror no necesariamente fue dirigido a quien pudiera ser considerado como transgresor de la ley, sino que buscaban amedrentar a la población,  con las detenciones que se hacían a plena luz del día, en retenes militares frente a testigos, familiares y vecinos”, sobre todo en Atoyac, Guerrero.

Durante la presentación del libro las y los panelistas dejaron claro que la DFP es un delito de Estado, de lesa humanidad, continuado e imprescriptible, sin posibilidad de indulto o amnistía, no es delito político, que debe ser investigado en el fuero común, no en fuero de guerra.

No es un delito del pasado, es delito actual que se comete para aterrorizar y controlar a la población, enfatizaron. Por ello,  mencionaron que es fundamental el cumplimiento a la sentencia caso Rosendo Radilla Pacheco, ordenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 23 de noviembre de 1999.

Cabe señalar que la publicación fue posible gracias al apoyo por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología  y Afadem.