El pleno de la Cámara de Diputados aprobó ayer la reforma a la Ley de Amparo con un año cuatro meses de atraso. Con el aval del pleno en lo general, con 435 votos a favor, 18 en contra y seis abstenciones.
De acuerdo con el Partido Revolucionario Institucional, con esta definición se acotará el poder de las televisoras, pero al mismo tiempo se facilitará la concesión del espectro radioeléctrico sin la oposición de las grandes empresas, debido a que si bien se podrá interponer un amparo, el acto reclamado sólo podrá resolverse cuando la justicia entre al fondo de la queja.
Con diferentes argumentos, PAN, PRD, PT y MC presentaron reservas en la discusión del dictamen en lo particular, con la finalidad de suprimir el artículo 129 de la Ley de Amparo, el cual dispone que no procederá la suspensión provisional cuando se impida u obstaculice al Estado la utilización, aprovechamiento o explotación de los bienes de dominio público definidos en el artículo 27 de la Constitución.
El panismo alegó que negar la suspensión contra concesiones del Estado lesionará a la iniciativa privada. Un sector del PRD dijo que no sólo se tronará a las empresas, sino que se afectará a comunidades cuando se concesione la explotación de acuíferos o minas en tierras ejidales; y PT y MC señalaron que aun cuando se busca acotar al duopolio televisivo, se hace por encima del estado de derecho.
Las reservas presentadas en lo particular por PAN, PRD, PT y MC para suprimir fracciones o el artículo 129 en su totalidad fueron desechadas con los votos de PRI, PVEM y Panal.
En el PRD, las posturas de los diputados revelaron las diferencias surgidas sobre el dictamen. En tribuna, Alejandro Carbajal aseguró que con la Ley de Amparo el gobierno quiere estar protegido contra acciones para frenar sus reformas y concesiones. Más información
Al respecto, abogados constitucionalistas y especialistas en juicios de garantías coincidieron que la reforma a la Ley de Amparo, aprobada incluye aspectos jurídicos novedosos y necesarios para mejorar los medios de defensa de los justiciables, pero plantearon diferencias sobre el impacto que tendrá la negativa de otorgar a quejosos la suspensión en el juicio de amparo, cuando se trate de derechos o concesiones en áreas de dominio directo de la nación, como son energéticos, minas, telecomunicaciones, aeropuertos, puertos y transporte ferroviario, entre otros. Más información