Durante casi tres décadas, entre los años 60, 70 y la primera parte de los 80, el Estado mexicano utilizó su estructura para combatir de manera ilegitima a los movimientos sociales y político,s críticos del ejercicio autoritario del poder en el país. Mediante la violación sistemática de los derechos humanos a miembros de dichos movimientos, el gobierno llevó a cabo hostigamiento, persecución, detenciones arbitrarias, ejecuciones extrajudiciales y desaparición forzada de personas. Esta última se define como la privación de la libertad a una o más personas, cualquiera que fuere su forma, cometida por agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúen con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado. Algunos de los derechos que se violan en estos casos son la presunción de inocencia, el derecho a la libertad, a la protección legal…
La desaparición forzada no es simplemente un delito, es un crimen integral complejo, debido a que convergen en ella varias situaciones graves como el secuestro, el homicidio, la obstrucción de la justicia, la negación de información, la detención arbitraria. En virtud de que otro factor fundamental de la desaparición forzada es que va acompañada de la falta de información o de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o de informar sobre el paradero de la persona, con lo cual se impide el ejercicio de los recursos legales y de las garantías procesales pertinentes. Con ello el daño generado trasciende el ámbito individual, puesto que también es un fenómeno diseñado para dañar a los familiares y espacios de desenvolvimiento social de las personas detenidas- desaparecidas, porque esta situación provoca ansiedad e incertidumbre.
En América Latina la desaparición forzada fue una operación sistemática que se practicó en diferentes países como Guatemala, El Salvador, Chile, Uruguay, Argentina, Brasil, Colombia, Perú, Honduras, Bolivia, Haití y México. Según cifras basadas en las investigaciones de la Asociación de Familiares de Detenidos, Desaparecidos y Víctimas de Violaciones a los Derechos Humanos (Afadem) y de diferentes organizaciones de defensa de los derechos humanos, en el periodo comprendido entre 1966 y 1986, noventa mil personas fueron desaparecidas en el subcontinente.
Es importante señalar, que durante este periodo que en México se conoce como la guerra sucia, el partido en el poder (Partido Revolucionario Institucional) utilizó casi todas las instituciones del Estado mexicano para controlar a la población civil: desde los medios de comunicación, los sindicatos y uniones campesinas hasta los grupos armados como la policía y el ejército; también utilizó grupos de “inteligencia policiaca” para infiltrarse en los movimientos sociales.
Ante la poca libertad política e informativa predominante en México, y la persistencia de las injusticias sociales surgieron en el país movimientos guerrilleros que buscaban hacerse con el poder político; sin embargo, la respuesta del Estado mexicano fue aplicar una política represiva en su contra, misma que aplicó también a activistas políticos y dirigentes sociales.
Según los datos oficiales, recogidos por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) durante las décadas antes mencionadas, en México hubo más de 500 casos de desaparición forzada. Este delito es responsabilidad directa de agentes del Estado, puesto que la desaparición se perpetra con todas las ventajas que da el poder; es una práctica orquestada por los gobiernos contra sus críticos; planeada, ordenada, ejecutada y supervisada por funcionarios cuya obligación es proteger a la población.
La desaparición forzada es un crimen de lesa humanidad que no prescribe, los responsables de este delito deben ser sancionados sin importar la jerarquía de los autores materiales o intelectuales.
Desde hace varios años diversos colectivos y agrupaciones conmemoran el 3o de agosto el día del detenido-desaparecido como una forma de reivindicar la memoria histórica. En la última sesión del periodo del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas el 29 de junio de 2006 se aprobó el proyecto de Convención internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas. De la misma forma el 21 de diciembre de 2010 la Asamblea General de la ONU en la resolución 65/209 declaró el 30 de agosto día internacional de las víctimas de desapariciones forzadas.