El día de ayer la Fundación para el Debido Proceso Legal (DPLF), el Comité de Derechos Humanos de la Barra de Inglaterra y Gales (BHRC), la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT), la Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA), el Grupo de Trabajo sobre Asuntos Latinoamericanos (LAWG) y el Centro para la Justicia y los Derechos Humanos Robert F. Kennedy (Centro RFK), instaron a la y los Ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a resolver a la brevedad, antes del receso judicial programado para la segunda quincena de julio, el caso del joven indígena Hugo Sánchez Ramírez.
Además de hacer notar la gran relevancia del caso de Hugo y exigir la libertad de una persona inocente, las organizaciones señalaron que la Suprema Corte tiene la oportunidad de declarar inconstitucionales las prácticas recurrentes en México que propician la detención arbitraria y el abuso de personas inocentes.
Así mismo, en comunicado de prensa dijeron lo siguiente: “a un año de ser presentado el caso ante la SCJN y a ocho meses de la formal atracción del mismo en octubre de 2011, aún no existe fecha para su discusión y resolución. Si el caso no se resuelve antes del receso de julio, es probable que Hugo cumpla la primera de las sanciones privativas de libertad que le fueron injustamente impuestas, puesto que dicha pena de 5 años se cumplirá en agosto de 2012”.
Recordaron que Hugo fue detenido por tener supuestamente una “actitud sospechosa”, un criterio arbitrario que puede ser declarado inconstitucional por la SCJN. Otra cuestión que será analizada porla Suprema Corte es el principio judicial de “inmediatez procesal”. Dicho criterio, ampliamente condenado por órganos internacionales, permite la admisión de declaraciones coaccionadas de víctimas (tal como ocurrió en este caso) así como confesiones arrancadas bajo tortura, pues bajo el sistema actual se toma mayor valor a las declaraciones realizadas con anterioridad al juicio que a las posteriores realizadas directamente ante los jueces, incluso si ante éstos se alega su obtención bajo coacción.
La atracción del caso de Hugo por la SCJN el 19 de octubre de 2010, específicamente la 134/2011 por secuestro y la 135/2011 por portación de armas, abrió el camino no solamente a la liberación de la víctima, sino también a la posibilidad de fortalecer el respeto de los derechos humanos, la presunción de inocencia y la eficacia del sistema penal mexicano. Es urgente que la SCJN resuelva los temas planteados por este caso paradigmático para establecer criterios a fin de prevenir futuras detenciones sobre sectores vulnerables de la sociedad y condenas infundadas contra personas inocentes; además, para cumplir con la deuda pendiente del Estado mexicano para con Hugo Sánchez Ramírez: su libertad.
¡Conoce el Caso de Hugo y difúndelo! ¿Cuántas injusticias más hacen falta?