El pasado 10 de febrero, la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT), con sede en Ginebra, Suiza, se pronunció sobre el caso de Hugo Sánchez Ramírez, joven indígena mazahua condenado injustamente a casi cuarenta años de cárcel y cuyo caso se encuentra actualmentre ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
La OMCT instó a la SCJN a revocar, entre otros temas fundamentales, la interpretación que han venido haciendo las autoridades judiciales del principio de «inmediatez», que ha fomentado durante años la obtención de declaraciones bajo coacción y la realización de detenciones arbitrarias.
Como ya lo ha mencionado el Centro Prodh, quien defiende el caso de Hugo, la OMCT ha reconocido que el proceso judicial estuvo caracterizado por distintas irregularidades, como el valor probatorio que las autoridades dieron al supuesto reconocimiento de Hugo realizado por las víctimas, quienes después se retractaron. Además, ha conocido del documento en el que la policía realizó una confesión inventada, pero que fue admitida como informe policiaco y, aún sin firma, fue aceptada como prueba. Por otra parte, las fotografías que se obtuvieron fueron tomadas de manera ilícita y aparecieron sin explicación alguna en la averiguación previa.
Ante este caso paradigmático de la situación de la procuración de justicia en el país, la OMCT se mostró preocupada porque el principio de «inmediatez procesal» siga siendo utilizado para conferir mayor importancia a las declaraciones iniciales y, por lo tanto, fomentando la tortura y diversas formas de coacción por parte del Ministerio Público. Por lo tanto, exhortó a la SCJN a que el caso de Hugo Sánchez Ramírez sea resuelto de acuerdo a los estándares de debido proceso reconocidos a nivel internacional.