Desde hace más de cinco años el Comité de Derechos Humanos de Tabasco, A.C (CODEHUTAB, A.C) ha mostrado preocupación por la forma tan brutal y sádica en que se han presentando los asesinatos a mujeres en razón de género, mejor conocidos como feminicidios.
De 2005 a 2011 más de 150 mujeres han sido asesinadas, de las cuales cerca del 50% pueden ser considerados como feminicidios; sin embargo, no pueden ser nombrados como tal, porque en Tabasco el delito aún no se tipifica, y como ya muchos sabemos, lo que no se nombra no existe. El CODEHUTAB, junto con otras organizaciones, ha cabildeado con los diputados encargados de proteger y defender los derechos humanos de las mujeres. Esta acción es de vital importancia porque los diputados son los encargados de la elaboración de leyes, las cuales deben de tomar la necesidad urgente de la población y el feminicidio es un tema de ellos porque daña a la sociedad.
En algunas reuniones sostenidas con algunas diputadas se ha manifestado como constante la falta de propuesta para la modificación de la legislación local en torno al tema mencionado. Por esta razón, el Comité de Derechos Humanos de Tabasco, A.C elaboró una propuesta para la tipificación y prevención del delito de feminicidio, el cual tiene como objetivo:
A) Construir un tipo de homicidio que permita visualizar las múltiples ofensas que se cometen contra la dignidad e integridad física de las mujeres, en donde se incluyen actos como secuestro, tortura, mutilación, violación y explotación sexual y culminan en el asesinato.
B) Que se contemple la gravedad de los feminicidios, para que deje verse como un asesinato común y sean repudiados, prevenidos y castigados.
Las propuestas están basadas en que la violencia familiar sea considerada como delito grave y en la creación del delito de violencia feminicida. Por otra parte, es importante tipificar el delito para fincar responsabilidad de autoridades negligentes o que, por acción u omisión, no han hecho justicia en casos de violencia familiar y feminicidio, permitiendo así que los casos se sigan dando. Además, es importante incluir en el delito de feminicidio una fracción de reparación de daño.
En conclusión, es necesario recalcar que este análisis es consecuencia de una revisión a la Ley de Tabasco de las Mujeres al Derecho a una Vida libre de Violencia, toda vez que en sus artículos 10, 23, 24, 25 obliga a contemplar en las reformas la eliminación de la conciliación y la responsabilidad de las autoridades y funcionarios por actos de acción omisión y negligencia. Por lo tanto, desde el CODEHUTAB se espera que este aporte sea tomado en cuenta por los legisladores, de forma tal que pueda contribuirse a mejorar la legislación y, por ende, a reducir los índices de violencia y feminicidio que sufren las mujeres.