Las mujeres de Atenco están preocupadas porque han percibido que las actuales autoridades pretenden deslindarse del cumplimiento de la sentencia de la Corte IDH emitida a su favor, porque los hechos no ocurrieron durante su mandato. Que los hechos hayan ocurrido en otra administración o que esta se pretenda “diferente” no les exime de un cumplimiento serio, formal y ordenado.   

Los días 3 y 4 de mayo de 2006un operativo masivo de elementos policiales municipales, estatales y federales en Texcoco y San Salvador Atenco se saldó con detenciones arbitrarias, lesiones, tortura y tortura sexual contra manifestantes, personas solidarias e incluso personas ajenas a la organización social. Ahí comenzó un camino de exigencia de justicia que hace unos días llegó a los 15 años.

Publicado originalmente el día 5 de mayo de 2021, en «La lucha cotidiana de los derechos humanos».

Al ver que la justicia no tenía lugar en México -mientras manifestantes fueron encarceladas, solamente algunos elementos policiales de bajo rango fueron acusados por cargos menores y a las denunciantes se les llamó mentirosas una y otra vez-, once de las mujeres decidieron impulsar un proceso ante el sistema interamericano de derechos humanos.

Este larguísimo proceso desembocó en una sentencia considerada paradigmática para el acceso a la justicia para las mujeres en América. Emitida el 28 de noviembre de 2018, la resolución consideró al Estado mexicano es responsable por la violación a los derechos a la integridad personal, a la vida privada y la prohibición de tortura; el derecho de reunión; el derecho a la libertad personal y el derecho a la defensa; los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial, así como al derecho a la integridad personal de las y los familiares de las once mujeres denunciantes. En ese sentido, dictó una serie de medidas reparatorias individuales, incluyendo medidas de satisfacción y de rehabilitación, así como medidas de no repetición.

La sentencia constituyó un triunfo para las mujeres en tanto reconoció que ellas siempre habían tenido la verdad de su parte. Pero aún faltaba el largo camino de la implementación. Lamentablemente, agotados los plazos fijados para la mayoría de las medidas, el balance es desalentador. Apenas dos de nueve recomendaciones pueden ser consideradas completadas, pero aquellas que las mujeres siempre señalaron como las más importantes -las relativas a la justicia y a las medidas de no repetición- permanecen incumplidas, lo mismo que medidas que en realidad dependen de un mínimo de capacidad y coordinación administrativa, como son las de atención individual en salud y educación.

En cuanto a la justicia, la sentencia ordenó investigar los distintos niveles de responsabilidad no solamente de los ejecutores materiales de los hechos, sino de aquellas personas involucradas en la planeación del operativo y de quienes no procuraran el esclarecimiento y sanción de las violaciones a derechos humanos. Sin embargo, sigue sin haber avances sustanciales en esta materia. La FGJEM se niega a remitir la investigación en contra de elementos estatales a la FEVIMTRA (de la FGR) para que ésta investigue los hechos y las responsabilidades de funcionarios públicos de los tres niveles en su totalidad y de forma conjunta, obstaculizando la justicia. Por su parte, la FEVIMTRA ha realizado acciones poco sustanciales de investigación que no atienden a un plan de investigación que cumpla con lo ordenado por el Tribunal Interamericano, incluyendo el deslinde de responsabilidades a la cadena de mando.

En lo tocante a las medidas estructurales o de no repetición, el Estado ha dado pasos hacia atrás respecto de los mecanismos ya establecidos. El Mecanismo de Seguimiento de Casos de Tortura Sexual, un logro previo de las mujeres que debía fortalecerse, continúa sin una ruta clara para ser efectivo, lo que ha llevado a que no sesione ni conozca de casos nuevos de tortura sexual desde octubre de 2019. Por ende, tampoco hay avances en la elaboración del diagnóstico nacional sobre tortura sexual ordenado por la Corte. Entretanto, incluso en el presente y ya con la nueva administración se siguen documentando casos de tortura sexual contra mujeres.

Además, el Estado informó a la Corte de su decisión de no cumplir con las implementación de un Observatorio sobre uso de la fuerza para cuerpos policiales federales y del Estado de México, con participación de la sociedad civil. Las autoridades mexicanas alegaron que es suficiente la existencia de mecanismos y órganos internos de las instituciones de seguridad y que esta medida afectaría el sigilo de investigaciones. Estas razones no toman en cuenta en absoluto las características y motivos de la medida ordenada por la Corte, que es distinta a un órgano interno y que atiende diversas preocupaciones que en materia de uso de la fuerza han señalado los organismos internacionales. Más aún, en el presente los órganos de control de un cuerpo como la Guardia Nacional están militarizados y, dada la naturaleza castrense en la realidad de ese cuerpo, carecen de independencia e imparcialidad.

Respecto de medidas individuales, en particular la atención médica y psicológica, el Estado no ha sido capaz de implementar las rutas acordadas con las propias mujeres, mostrando la carencia de una política de atención a víctimas que genere mecanismos extraordinarios, gratuitos, con perspectiva de género y que tomen en cuenta los impactos de la tortura sexual. Esto se ha visto replicado en otras medidas incumplidas, como el otorgamiento de becas educativas, en las que se replican las deficiencias administrativas de las instituciones coordinadoras. Esto es alarmante: se trata de un mínimo de coordinación institucional, alcanzado ya incluso en administraciones pasadas, que en el presente se ha desdibujado.

Las mujeres están preocupadas porque han percibido que, al no haber ocurrido los hechos durante el mandato de las actuales autoridades, éstas pretenden deslindarse de su cumplimiento. Vale la pena recalcar una obviedad: una sentencia internacional obliga al Estado en su conjunto, no sólo a una administración o a un nivel de gobierno. Que los hechos hayan ocurrido en otra administración o que esta se pretenda “diferente” no les exime de un cumplimiento serio, formal y ordenado.

Así como la sentencia de la Corte IDH es considerada paradigmática en el mundo de los derechos humanos, su cumplimiento es un indicador de la voluntad de ir a fondo en el combate a la impunidad y de revertir los patrones de uso de la fuerza que han prevalecido los últimos años con controles externos. Lamentablemente, en este aniversario, no se puede apuntar a un avance en este sentido.

Las autoridades han anunciado que retomará el diálogo para activar el mecanismo de seguimiento a casos de tortura sexual. Aunque es relevante que eso ocurra, lo relacionado con el avance de la investigación y la sanción de lo responsables o con los controles externos sobre las fuerzas federales de seguridad sigue sin retomarse. Este cumplimiento fragmentado de ciertas instancias pero no del Estado en su conjunto, no augura avances sustantivos.

Las mujeres denunciantes han afirmado y demostrado que en la raíz de su resistencia está el anhelo de lograr que ninguna otra mujer sufra lo que ellas vivieron a manos de las policías. Y aunque ese horizonte aún no se logra y pese a que llegamos a tres lustros de los hechos con una larga lista de pendientes, lo que han logrado con su valentía al sostener por más de una década su exigencia de justicia inspira la lucha y alienta luchas similares en México y todo el continente: sin duda alguna, en no pocos rincones de América Latina mujeres denuncian la tortura sexual policial porque las Mujeres de Atenco rompieron el silencio. Ese logro, que es de ellas y que no depende de ningún gobierno, nadie lo puede negar.