San José, Costa Rica, y Ciudad de México, 2 de mayo de 2021. A quince años de las violaciones a derechos humanos cometidas en el operativo del 3 y 4 de mayo del 2006 en Texcoco y San Salvador Atenco, Estado de México, que implicaron represión, detenciones arbitrarias y uso generalizado de la tortura – incluida la tortura sexual contra mujeres – a manos de fuerzas de seguridad municipales, estatales y federales; y aún y cuando la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) estableció la responsabilidad internacional de México sobre estos hechos, no existe ninguna sentencia condenatoria en el ámbito nacional.
Si bien el Estado mexicano inicialmente expresó su compromiso de garantizar la reparación, la justicia y la no repetición, dando cumplimiento a lo ordenado por la Corte IDH en su sentencia Mujeres Víctimas de Tortura Sexual en Atenco vs. México, notificada en diciembre de 2018, las mujeres sobrevivientes han expresado su más profunda preocupación ante el estado de incumplimiento que guardan las medidas del fallo interamericano.
Respecto a la investigación de los hechos, la Fiscalía  General de Justicia del Estado de México (FGJEM) continúa sin remitir la investigación abierta contra policías estatales, a la Fiscalía General de la República (FGR), quien desde septiembre de 2019 ejerció la facultad de atracción con la finalidad de investigar los hechos en conjunto, incluyendo los tres niveles de responsabilidad. Esta actitud de la FGJEM se da a pesar de que un juez de amparo ordenó la revisión de esta negativa en noviembre del 2020. Así, la misma instancia de procuración de justicia cuyo actuar fue evaluado por la Corte IDH como falto de debida diligencia se niega a cumplir con lo ordenado por el tribunal internacional, dejando fragmentada la investigación y obstaculizando la posibilidad de investigar la cadena de mando.
Por otra parte, preocupa de forma particular el retroceso e incluso la decisión de desacatar medidas de no repetición. En cuanto al Mecanismo de Seguimiento de Casos de Tortura Sexual contra Mujeres, coordinado por la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM), a pesar de los primeros pasos para su fortalecimiento, las acciones prácticamente se detuvieron desde octubre de 2019.  A la fecha no existe una ruta institucionalizada para su funcionamiento, normatividad o garantía presupuestal, mucho menos se ha realizado el Diagnóstico Nacional en la materia ordenado por la Corte IDH. Esto es particularmente relevante ya que las organizaciones continuamos documentando la persistencia de esta práctica contra mujeres, muchas de ellas en prisión.
En cuanto al Observatorio independiente de monitoreo del uso de la fuerza y rendición de cuentas de las fuerzas policiales a nivel federal (hoy Guardia Nacional) y del Estado de México, lamentablemente el Estado mexicano ha comunicado a la Corte IDH su decisión de no cumplir con lo establecido en su ordenamiento, debido a que, a su parecer, los órganos de control interno con los que se cuenta cumplen ya con este propósito. Lo anterior, sin embargo, es inexacto, pues el observatorio ordenado por la Corte IDH precisamente busca que se implemente un monitoreo externo con participación ciudadana. 
El desacato del Estado mexicano ante las obligaciones internacionales impuestas por el fallo interamericano se agrava a luz de la preponderancia de la Guardia Nacional, institución policial federal de carácter militarizado y de los incidentes de abuso de la fuerza documentados en contextos recientes de protestas de mujeres en Guanajuato, Estado de México, Quintana Roo, Jalisco y otros operativos. Todo ello remarca la importancia de atender las múltiples recomendaciones respecto a la necesidad de contar con mecanismos externos de supervisión en el uso de la fuerza.
Finalmente, la implementación de las medidas individuales, entre las que se encuentran las relacionadas con la atención de salud física y psicológica de las mujeres sobrevivientes, enfrentan serios retrasos e incumplimientos derivados principalmente de la falta de coordinación interinstitucional, así como de las múltiples deficiencias en el seguimiento administrativo por parte de las instituciones implicadas, poco acordes con una política de atención a víctimas diligente.
Cabe resaltar que el plazo otorgado por la Corte IDH para el cumplimiento de la mayoría de las medidas era de máximo dos años, por lo que a la fecha este plazo ha finalizado con únicamente dos medidas concluidas de las 9 ordenadas, dejando al resto en alarmante incumplimiento.
A 15 años de los hechos, las mujeres sobrevivientes de los hechos en Atenco siguen siendo ejemplo de resiliencia y lucha por la verdad y la justicia, y continúan inspirando a otras mujeres a Romper el Silencio.  Lamentablemente, las instituciones no han hecho eco de este espíritu honrando su obligación de dar cumplimiento integral a la sentencia interamericana y tomando la oportunidad de instaurar una política integral para avanzar en la ruta establecida por la Corte IDH para atender la persistente tortura sexual a las mujeres y acabar con la impunidad frente a graves violaciones a derechos humanos.

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de la detención arbitraria, tortura sexual y criminalización a las #MujeresdeAtenco
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distintos frente a los que las mujeres han exigido justicia 
2 medidas

cumplidas de 9 ordenadas

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