Exigen al Procurador Mancera eliminar el Arraigo

  • Organizaciones y personas que defienden derechos humanos respaldan la Recomendación 02/2011 de la CDHDF

  • Distintos organismos internacionales han condenado la práctica del arraigo en México

El pasado 29 de junio, diversas organizaciones y personas dedicadas a la defensa de los derechos humanos, entre las que se encuentra el Centro Prodh, emitieron un comunicado en el que manifestaron su preocupación por la aplicación del arraigo por parte de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal y por las recientes declaraciones del procurador Miguel Ángel Mancera, en relación a la recomendación 02/2011 de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF).

A partir del análisis de los procedimientos efectuados por la PGJDF, así como de las condiciones de detención de quienes están sujetos a arraigo, la citada recomendación determina que la práctica del arraigo viola el derecho al debido proceso, a las garantías judiciales, a una adecuada protección judicial, a la seguridad jurídica, a la libertad y seguridad personales, a la integridad personal, a la salud y los derechos de las personas privadas de la libertad. Por lo tanto, recomendó al Procurador la expedición de las disposiciones necesarias para la eliminación de esta práctica investigadora del Ministerio Público; asimismo, lo exhortó a promover el envío a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal de una iniciativa de reformas al Código de Procedimientos Penales y de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, de forma que se logre erradicar el arraigo como medida de detención y de investigación. En congruencia con lo anterior, la CDHDF solicitó al Procurador celeridad en las investigaciones de las personas que actualmente se encuentran bajo esta situación, para que dejen de ser vulnerados sus derechos lo más pronto posible.

Sin embargo, el procurador Mancera aceptó la recomendación de la CDHDF de manera parcial, pues explicó que el arraigo continuaría existiendo, ya que es considerado un método imprescindible en el combate al crimen organizado. Partiendo de que el arraigo es una privación ilegal de la libertad que propicia los malos tratos y la tortura, las organizaciones de la sociedad civil recordaron los reiterados pronunciamientos que distintas instancias internacionales han hecho sobre el uso del arraigo en México. Al respecto, cabe recordar que en el informe de su visita a México, el Subcomité para la Prevención de la Tortura señaló: “En el arraigo de alta seguridad del Distrito Federal, la delegación escuchó distintos testimonios de actos de brutalidad policial que habrían sido cometidos en el momento de la detención o durante algún momento en el transcurso de tiempo en el que las personas detenidas eran trasladadas hasta el arraigo. Durante las entrevistas que los miembros de la delegación mantuvieron con mujeres arraigadas, pudieron escuchar alegaciones de tratos crueles e inhumanos, incluyendo abusos sexuales cometidos supuestamente por miembros de la policía”.[1]

En el comunicado, las organizaciones y personas defensoras de derechos humanos señalaron que el arraigo viola los derechos humanos porque no existe control sobre la legalidad de la detención, no hay estándares probatorios, no se han fijado medidas que verifiquen el respeto, la garantía y la protección de los derechos humanos de quienes se encuentran bajo arraigo y no hay criterios para la proporcionalidad en la fijación del plazo de la medida. Por lo tanto, solicitaron al Procurador Miguel Ángel Mancera de cumplimiento de manera íntegra y expedita con la Recomendación 02/2011 de la CDHDF, eliminando de manera inmediata la práctica de la figura del arraigo como forma de investigación.

Para leer más:

Puedes revisar el comunicado enviado por las organizaciones y personas defensoras de derechos humanos y consultar el Informe sobre la visita a México del Subcomité para la Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

 

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[1] Subcomité para la Prevención de la Tortura. Informe sobre la Visita a México del Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. 31 de mayo del 2010, párrafo 142