- Basilia Ucán Nah es una mujer maya condenada injustamente por el gobierno de Quintana Roo a 12 años de prisión por delitos que jamás cometió.
- El Centro Prodh e Indignación exigimos su inmediata liberación y acciones concretas para que estos hechos no se repitan.
- Las prácticas del sistema penal mexicano, que afectan a Basilia son contrarias a los estándares mínimos de derechos humanos.
El Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh) e Indignación, Promoción y Defensa de los Derechos Humanos (Indignación) han asumido la defensa de Basilia Ucán Nah, mujer indígena maya detenida injustamente en la cárcel municipal de Felipe Carrillo Puerto, Quintana Roo, desde hace casi tres años, acusada de delitos que jamás cometió. Se le ha sentenciado a 12 años con tres meses de prisión por los delitos de corrupción de menores y lenocinio.
La señora Basilia Ucán Nah ha sido sometida, desde el 18 de marzo de 2008, a un procedimiento penal carente de las mínimas garantías procesales. Las irregularidades, violatorias de sus derechos humanos, evidencian cómo los sistemas de procuración y administración de justicia, ante su ineficiencia, aprovechan la situación de vulnerabilidad que afecta a las mujeres indígenas para fabricar culpables y cumplir con su cuota de trabajo o con la expectativa social de que las autoridades actúen frente a la delincuencia.
Basilia Ucán es originaria de Yoactún, localidad próxima a la cabecera municipal de Felipe Carrillo Puerto. Es habitante de una zona predominantemente indígena del estado de Quintana Roo: casi el 70 por ciento de la población pertenece al pueblo maya peninsular. En marzo de 2007, a raíz de una llamada anónima que denunciaba hechos de “corrupción de menores” en perjuicio de dos adolescentes del sexo femenino, se inició una averiguación previa en la que, en principio, uno de los probables responsables señaló la participación de funcionarios y policías de Felipe Carrillo Puerto en la comisión de dichos ilícitos. No obstante durante las investigaciones el ministerio público, presionando a las víctimas y manipulando testimonios, terminó por fabricar una culpable en la persona de Basilia Ucán. El juez penal de primera instancia del Distrito Judicial de Felipe Carrillo Puerto –licenciado Ramón Jesús Aldaz Bencomo- hizo suyas esas probanzas a pesar de su ilegalidad y, sin considerar las pruebas de descargo que acreditaban la ilegalidad de las actuaciones ministeriales, emitió una sentencia condenatoria de 12 años de prisión.
Del análisis de la sentencia emitida el día 12 de octubre de 2010 se derivan diversas violaciones al debido proceso; a continuación algunas de ellas:
- Las probanzas presentadas por el ministerio público, a través de las cuales sostuvo su acusación, fueron recabadas de manera ilegal. A pesar de ello el juez las convalidó y utilizó como argumento para sustentar la sentencia.
- Las supuestas agraviadas nunca hicieron un señalamiento directo en contra de Basilia Ucán Nah, se retractaron de sus declaraciones y expresaron haber sido hostigadas y presionadas por las autoridades para firmar declaraciones que ni siquiera conocían.
- En su declaración ministerial, utilizada a manera de confesión, Basilia no refiere conocer a las menores ni acepta ningún hecho constitutivo de delito. Además esta declaración se realizó sin asistencia de abogado o persona de confianza.
Las organizaciones que han sumido su caso, dedicadas a la defensa y promoción de los derechos humanos, consideran que en el presente caso hay graves violaciones de derechos humanos porque:
- Hay una triple discriminación que subsiste en el ámbito de la procuración e impartición de justicia: por ser indígena, por ser mujer y por ser pobre, situación especialmente alarmante en una entidad donde la mayoría de la población es indígena maya. Lo anterior demuestra que no existen condiciones mínimas para que las personas pertenecientes al pueblo maya accedan a juicios equitativos y en donde sean consideradas sus diferencias culturales.
- A pesar de la existencia de elementos que podrían evidenciar la participación de funcionarios públicos y policías de Felipe Carrillo Puerto en hechos relacionados con la explotación sexual infantil, en ningún momento el ministerio público realizó alguna investigación para verificar este hecho, al contrario, fabricó una culpable en la persona de Basilia para “rendir cuentas a la sociedad”. En consecuencia pareciera que no existen condiciones adecuadas de verdadero acceso a la justicia para posibles víctimas de explotación sexual infantil, pues se procesa a personas inocentes y se omite investigar a los verdaderos responsables de delitos tan graves como el citado.
- Confirma que el actual sistema de justicia penal es ineficaz para realizar investigaciones de calidad que permitan, por un lado, disminuir el índice de impunidad que afecta a la sociedad y, por otro, garantizar que a toda persona sometida a un procedimiento de índole penal, se le hagan efectivas las mínimas garantías judiciales establecidas tanto en la Constitución como en los Tratados Internacionales. El proceso seguido a Basilia corrobora que las prácticas del procedimiento penal mexicano que han sido sistemáticamente señaladas por organismos internacionales como contrarias a los estándares mínimos de derechos humanos siguen siendo la base de la acción persecutoria del delito, con lo cual ni se garantiza la seguridad pública ni la existencia de juicios justos y equitativos.
Basilia ha apelado, con el apoyo jurídico de Indignación y el Centro Prodh, la sentencia condenatoria que fue emitida por el juez de la causa. En esa tesitura esperamos que, al emitir la sentencia de segunda instancia, la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del estado de Quintana Roo, tome en consideración las violaciones cometidas en perjuicio de Basilia, reconozca la inexistencia de elementos y dicte su inmediata e incondicional libertad.
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