Tras este breve recuento de la trayectoria de la impugnación jurídica al acuerdo presidencial metaconstitucional, es preciso detenernos en el significado y trasfondo de esta decisión en aras de una supuesta agilización administrativa de los proyectos prioritarios de la llamada 4T.
El actual Congreso en su composición mayoritaria afín al Presidente de la República no ha dado muestras de autonomía; el Poder Judicial se debate de manera errática para reformarse y prefiere, salvo contadas excepciones, refugiarse en resoluciones que no confronten al titular del Poder Ejecutivo. Bien se hace desde los pueblos indígenas en no darle tregua y recurrir a sus diversas instancias.
El otro pie de la desviación de poder reside en la virtual militarización que se impone en regiones y proyectos considerados estratégicos, mientras el precepto del artículo 129 constitucional parece eufemismo: “En tiempo de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar”.