El pasado 29 de julio, el titular del Ejecutivo anunció que su gobierno emitirá un decreto para liberar a todas las personas privadas de la libertad que lleven más de 10 años sin sentencia, sujetas a un proceso en el fuero federal por delitos “no graves”; que sean adultos mayores de 75 años detenidos por algún delito federal “no grave” o adultos mayores de 65 años con enfermedades crónicas detenidos por algún delito federal “no grave”, así como personas que acrediten haber sido víctimas de tortura a través del Protocolo de Estambul y se encuentren en penales federales.
En ese sentido, es indispensable que la medida que se adopte no reduzca los criterios para acreditar la tortura a la existencia de dictámenes oficiales basados en el Protocolo de Estambul. Por otro lado, la medida que se adopte debe contemplar la inclusión de dictámenes realizados por peritos y peritas independientes o no oficiales, es decir, que no pertenezcan a la FGR, a la CNDH o al Consejo de la Judicatura Federal.
Finalmente, la medida que se adopte debería incluir a todas las personas víctimas de tortura independientemente del tipo penal por el cual se encuentran procesados o sentenciados.
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