Aprobadas las leyes, el problema se desatiende y desde el sector público poca o nula atención se brinda al cumplimiento de estos instrumentos. Así, la evaluación sobre el cumplimiento cabal de estas leyes especializadas queda a merced de la capacidad de exigencia que puedan generar la sociedad civil y las víctimas.
La falta de desarrollo de estas herramientas es grave. Más allá de discursos y voluntades políticas, dar contenido a estas figuras es lo que asegura que empiecen a atenderse los problemas con perspectiva de Estado y visión transexenal. No sólo se juega en ello, por tanto, el cumplimiento de la ley, sino también el que la respuesta sea institucional y formal.
Precisamente por este contexto es destacable el reciente logro de la Secretaría Técnica de Combate a la Tortura, Tratos Crueles e Inhumanos del Instituto Federal de la Defensoría Pública (IFDP). En una serie de litigios, derivados de casos en donde elementos de la Secretaría de Marina (Semar) cometieron actos de tortura, la Defensoría Pública Federal mostró ante los tribunales federales que la Fiscalía General de la República (FGR) ha incumplido con su obligación de establecer y coordinar un Registro Nacional del Delito de Tortura (RENADET) en términos de la Ley General para Prevenir, Investigar y sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. En consecuencia, el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, retomando los planteamientos de los defensores públicos federales pero también los estándares internacionales aplicables, ordenó a la FGR establecer a la brevedad la infraestructura tecnológica necesaria para que funcione el RENADET.
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