En la primera parte de este articulo publicado el pasado de 3 agosto en este espacio, comentamos solo dos datos proporcionados por la Fiscalía General de la República en su Informe Anual de Actividades 2019: de un total de 17,121 carpetas de investigación abiertas por delitos en flagrancia, únicamente el 42% se judicializaron; el 58% restante no llegó a ese punto. Dicho informe carece de una explicación sobre las causas de este resultado, lo que impide señalar las implicaciones que en términos de acceso a la justicia esto significa. En esta segunda parte comentaremos algunos datos que corresponden a subsecuentes etapas del proceso penal hasta antes de la etapa de juicio oral.
La solidez y consistencia de la información cuantitativa es tan solo el primer paso -indispensable- para comenzar a construir una relación de confianza entre autoridades y la ciudadanía. De ello deviene también la necesidad de contar con análisis cualitativos de contexto a nivel de detalle, dado que la información que actualmente presenta la autoridad es sumamente limitada, incluso considerando los llamados datos abiertos. Falta mayor apertura y debatir la viabilidad de construir un nuevo sistema de registro y control de información sobre el conjunto del sistema penal, pues el que hoy se tiene no permite dimensionar con mayor certeza y precisión ni la magnitud de los problemas ni los desafíos institucionales que hay que enfrentar.
El rezago, la cifra negra, la eficiencia en la ejecución de “mandamientos judiciales” – es decir lo que debe ejecutar la policía de investigación por orden del juez- y los resultados y la dispersión de las sentencias alcanzadas, que analizaremos en próximas entregas, podrán confirmar que la impunidad es más que ineficacia.
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