Es claro que en la historia de violencia de género de Abril, que culminó en su feminicidio, todo falló, como ha fallado en las historias de muchas otras mujeres en México. Falló la sociedad que exige a las víctimas de violencia que denuncien y que hagan algo ante la violencia que viven, pero no les cree cuando levantan la voz y, en particular, falló el Estado mediante la Agencia del Ministerio Público y la autoridad judicial que no actuaron con perspectiva de género y la debida diligencia reforzada que ameritaba el caso.
Pero aunado a esto, nos falló la creencia de que existe una relación entre cárcel y justicia, sobre todo, porque bajo esta creencia se llegó a celebrar que los delitos como feminicidio, corrupción o delincuencia organizada, se incorporaran a un catálogo de “delitos graves”, ya que con esto se alcanzaría una reivindicación histórica y un cambio de paradigma en la forma en la que se tratarían estos casos.
Imaginemos que no existiera este catálogo de delitos graves. De no existir, en todos los casos, o en cualquier delito, las Unidades de Medidas Cautelares (UMECAS) deberían de elaborar un análisis de riesgos que permita identificar qué circunstancias del caso concreto podrían significar un riesgo para que la persona investigada se fugue, y sobre todo, si existen riesgos de que se afecte la integridad de las víctimas y testigos.
De no existir un catálogo de delitos graves, en todos los casos, la Agencia del Ministerio Público, la Asesoría Jurídica de Víctimas, la Defensa y la autoridad judicial tendrían la oportunidad y la obligación de discutir respecto a esos riesgos y la mejor forma de cautelarlos, es decir, de tomar medidas adecuadas para que no ocurran.