Es evidente que sin un Protocolo Homologado de Búsqueda capaz de generar condiciones estandarizadas de búsqueda y localización resultará difícil constituir la red de actuación que permita, dentro de la enorme tragedia que supone el hecho, realizar las búsquedas de manera eficiente, identificar paraderos y avanzar en la definición de la situación del amplio y creciente número de personas que están desaparecidas o no localizadas. El problema que se está presentando es que, y más allá de la importancia de este instrumento, el mismo no se ha expedido. Sin dejar de reconocer los importantes esfuerzos desplegados por numerosas autoridades y familiares de las personas desaparecidas, es evidente que se carece de método en muchas de las acciones tomadas en lo que es, sin duda, uno de los más serios problemas de la crisis humanitaria que vive nuestro país.
La competencia para emitir este ordenamiento de complejo contenido corresponde al Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, entidad integrada por los secretarios de Gobernación y Relaciones Exteriores; el fiscal general de la República; los titulares de la Comisión Nacional de Búsqueda, del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, de la hasta hace poco Policía Federal, ahora Guardia Nacional; y de las Comisiones Locales de Búsqueda; tres representantes del Consejo Ciudadano y la persona designada por la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia. Este órgano, desafortunadamente, no ha sido capaz de generar el instrumento que el país requiere.
Para efectos de su elaboración y validez, conviene precisar que además de los elementos materiales ya señalados, el protocolo homologado tiene que generarse en unas condiciones técnicas muy específicas. No cualquier cosa que se denomine protocolo homologado tendrá la suficiencia para poder pasar por él. Atendiendo a lo dispuesto en la propia Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, la elaboración de este instrumento deberá llevarse a cabo con la participación de expertos, organizaciones de la sociedad civil y familiares, atendiendo a estándares internacionales.