En el caso de Lydia, ¿cuántas personas sabríamos algo sobre las tramas de explotación sexual de niñas y niños en Quintana Roo sin su trabajo? El caso de Lydia es un ejemplo de cómo la lucha por la justicia y los derechos humanos va más allá del ámbito de la persona afectada y de cómo la reparación al daño trasciende también lo individual.
Como parte de las garantías de no repetición el Comité resalta que se deben adoptar medidas para que las y los periodistas puedan ejercer su derecho a la libertad de expresión. Para lograr esto, el Estado mexicano está obligado a despenalizar los delitos que atenten contra la libertad de expresión, tales como difamación y calumnia, aún vigentes en 10 estados de la República, u otros tipos penales que tienen el mismo efecto y que se deberían reformar en 24. Y es muy pertinente, tan sólo recientemente la Oficina que represento documentó el caso de un ciudadano que denunció la presunta complicidad de un poderoso empresario y autoridades y que, como Lydia, fue detenido, trasladado a otro estado y actualmente enfrenta un proceso judicial.
El Comité da al Estado 180 días para informar sobre las medidas que haya adoptado para implementar el dictamen. Este plazo representa una nueva oportunidad para que las autoridades adopten a la brevedad medidas efectivas en este caso. Sin embargo, la obligación de no repetición tendrá que influir de manera clara y contundente también en las políticas del gobierno que está por venir y en las autoridades estatales. Para que nunca más en México alguien tenga que sufrir lo que Lydia sufrió.