El pasado 4 de junio, una decisión jurídica inédita tomó por sorpresa a México: una sentencia ordenaba al gobierno rehacer la investigación por la desaparición de 43 estudiantes normalistas en septiembre de 2014, tal vez el caso más emblemático —y uno de los más espeluznantes— de las violaciones a los derechos humanos en la historia reciente del país.
Mauricio Fernández de la Mora, el magistrado que trabajó esta decisión, explicó que “si bien el derecho nacional no regula la creación de un mecanismo extraordinario, no por ello es un impedimento a que este exista y se proponga”.
Algo que ha llamado la atención sobre el fallo es que fue emitido a menos de un mes de la reciente elección presidencial. ¿Hasta qué punto se tomó en cuenta esto en la deliberación del tribunal?
Nunca pasaron por nuestras mentes las cuestiones político-electorales; la justicia no va a esperar. No nos podemos abocar a las cuestiones políticas que suceden en el país; nuestra función y nuestro compromiso es con la justicia y nos marca en nuestra propia Constitución que esta debe ser pronta y expedita.
En la sentencia se estableció un plazo de diez días naturales para crear la comisión, aunque ese plazo venció hace más de una semana. ¿De qué manera se revisa el cumplimiento de una sanción como esta por si hay posible desacato?
A nosotros no nos corresponde llevar a cabo el seguimiento sobre si se cumple, eso le toca al tribunal que juzgó el amparo que después nosotros revisamos: ese es el Tercer Tribunal Unitario [del decimonoveno circuito].
El plazo lo establecimos tomando en cuenta la urgencia, porque lo que está de por medio es el hallazgo de los 43 estudiantes.
*Lea la nota completa en The New York Times