Es una excelente noticia que el Congreso de la Unión ya haya aprobado la Ley General en esta materia, a pesar de algunas limitaciones y defectos importantes (por ejemplo, una muy deficiente tipificación de desaparición cometida por particulares). Ahora, la pelota está en la cancha del Poder Ejecutivo Federal, a quien sólo le resta promulgarla y publicarla, lo que esperamos suceda a la máxima brevedad posible.
Me permito respetuosamente recordarle al presidente Peña Nieto lo que en su Programa Nacional de Derechos Humanos prometió, en la línea de acción 333. Sería excelente que aprovechara el acto de promulgación de esta ley para que firmara y depositar ante la ONU el instrumento de reconocimiento de la competencia del Comité para recibir comunicaciones individuales que en su programa prometió promover: «Te lo firmo y te lo cumplo» nos ha dicho. Ya lo firmó. Ojalá cumpla con su palabra de honor. Lo merecen las madres y familiares de las personas desaparecidas, a quienes se debe esta ley, y quienes tienen derecho a que se les brinde una oportunidad adicional de acceso a la justicia internacional. El contexto de desapariciones generalizadas en gran parte del territorio nacional (como lo dijo el Comité), no solamente lo justifica, sino que lo hace indispensable.
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