El pasado 28 de junio la Jueza Primera de Distrito, Estela Platero Salado, dictó una sentencia en contra la Declaratoria de Libertad de Terrenos, en torno al juicio de amparo 429/2016, en la cual ordena a la Secretaría de Economía detener el otorgamiento de concesiones mineras en el territorio de San Miguel del Progreso, perteneciente a la comunidad indígena me´phaa de la Montaña de Guerrero.
Este amparo, interpuesto el 11 de diciembre del 2015, es el segundo otorgado a la comunidad, después de que el primero del 14 de febrero del 2014 fuera impugnado y no pudiera desembocar en la realización de análisis de inconstitucionalidad e inconvencionalidad por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación debido a la renuncia de las empresas a los títulos de concesión. Posterior a esa renuncia se liberaron los terrenos para la otorgar de nuevo las concesiones para la explotación minera a partir de la “Relación de declaratorias de libertad de terreno 02/2015” publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de noviembre del 2015.
Esta sentencia obliga al Estado Mexicano a cumplir con los derechos colectivos que se encuentran enmarcados en la Constitución y los tratados internacionales. La obligación de garantizar los derechos a la consulta previa, libre, informada y culturalmente adecuada y al territorio conforma un gran logro y hace un reconocimiento a los múltiples años de lucha de la comunidad me´phaa.