* Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho considera que el acceso a la información de esta masacre es un paso fundamental para el derecho a la verdad.
Ciudad de México, 28 de junio de 2017. El pasado 20 de junio de 2017 la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho fue notificada de que, después de una batalla legal de tres años, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) reconoció que la masacre de San Fernando, en Tamaulipas, debe ser calificada como una grave violación a derechos humanos.
La resolución fue resultado del cumplimiento a la sentencia de amparo dictada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a favor de la Fundación, en la que se reconoció su derecho de acceso a la información, quien adicionalmente representa a algunos familiares de las 72 personas migrantes asesinadas el 24 de agosto de 2010, de las cuales 58 eran hombres y 14 mujeres, todos migrantes cruzando México hacia Estados Unidos.
La Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho señala que han luchado por 3 años para conseguir la clasificación de la masacre como violación grave a DH; por ello esperan que también se clasifique como graves violaciones la masacre correspondiente al hallazgo de 47 fosas con 195 restos en San Fernando y la masacre de Cadareyta.
Consideran que el acceso a la información de esta masacre es un paso fundamental para el derecho a la verdad «tanto para los familiares como para la sociedad en su conjunto, así como un importante precedente respecto del cual la CNDH reconoce que este tipo de violaciones debe ser calificada como grave y, por tanto, el siguiente paso es la garantía del acceso irrestricto del expediente”.
Aclaran que todavía están a la espera de que la SCJN resuelva dos amparos más promovidos por Fundación para la Justicia y Artículo 19 respectivamente, ante la declaratoria de la PGR de reservar las averiguaciones previas de la Masacre de Los 72 (2010), de la Masacre de Fosas Clandestinas (2011) y la Masacre de Cadereyta (2012). Dicha determinación restringe el derecho que tiene la sociedad al acceso a la información contenida en las averiguaciones previas y a conocer la verdad de estos hechos que constituyen graves violaciones a los derechos humanos.
Desde la Fundación para la Justicia esperan que la SCJN otorgue al Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información la facultad sobre su clasificación y mantenga la congruencia en sus determinaciones, como lo ha sido en el caso Radilla Pacheco.
*Consulte aquí el comunicado íntegro.