* Ninguna prueba obtenida por este medio podrá tener validez.
Ciudad de México, 20 de abril de 2017. La Cámara de Diputados avaló por unanimidad una Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura en la que se retiraron las «excepciones» a la regla de exclusión de la prueba ilícita; se fortaleció el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y se corrigieron algunas propuestas regresivas que las Comisiones de Justicia y Derechos Humanos de la Cámara habían planteado en diciembre durante la primera discusión de la minuta.
El pleno modificó la minuta enviada por el Senado para aceptar las recomendaciones hechas por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, por lo que ahora la Cámara Alta deberá definir si la acepta.
En la ley avalada por los diputados se homologa la tipificación de ese delito y las sanciones, queda prohibida la validez de las pruebas obtenidas mediante tortura, se establece responsabilidad de los superiores jerárquicos, cómplices y colaboradores y se prevé que las penas aumenten hasta una mitad cuando las víctimas sean niños, adolescentes, mujeres, migrantes, adultos mayores, indígenas, personas con discapacidad o que hayan sido sometidos a algún tipo de abuso sexual. Además la tortura se perseguirá de oficio y será imprescriptible, y los involucrados serán separados de sus cargos para que no obstaculicen la indagatoria.
Las víctimas tendrán derecho a ser examinadas por médicos especializados, con psicólogos de su elección. En caso de violencia sexual contra las mujeres, la asistencia médica será proporcionada por una mujer médico especializada en ginecología.