Detención de menores migrantes en México | CMDPDH en Animal Político
La estadística proporcionada por la Unidad de Política Migratoria de la Secretaría de Gobernación registra un incremento porcentual del 119 % de niñas, niños y adolescentes provenientes del Triángulo Norte de América Central (Guatemala, Honduras y el Salvador, en adelante TNAC) retornados durante el periodo de enero a abril de 2014, en comparación con el mismo periodo en 2012. Por su parte, del periodo 2014 al 2016 hubo un incremento de casi el 50 % pues para éste último año se registraron 16,081 niños, niñas y adolescentes que realizaron el trayecto sin acompañamiento. Si a estos datos le sumamos la numerosa cantidad de niños, niñas y adolescentes que atraviesan el territorio mexicano utilizando rutas invisibles, y de los otros tantos que son captados por el crimen organizado o que mueren durante el trayecto, las cifras serían mucho más alarmantes.
Aunque la normativa en materia de protección a niñas, niños adolescentes ha establecido que bajo ningún supuesto un NNA puede ser detenido en una estación migratoria, la Ley de Migración sigue previendo supuestos en los que “excepcionalmente” podrán ser detenidos en estaciones migratorias.
La prohibición legislativa de la detención de NNA en estaciones migratorias fue un gran paso para la protección de sus derechos. Sin embargo, es necesario que esta prohibición legislativa pueda tener resultados tangibles en la actuación de las autoridades encargadas de la protección de niños, niñas y adolescentes migrantes en México.
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