Universidades jesuitas e Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM piden evitar retrocesos en Ley General contra la Tortura

* Preocupación por postura del Programa Universitario de Derechos Humanos de la UNAM; lo llaman a reformular observaciones. 

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Ciudad de México, 31 de agosto de 2016. El Sistema de Universidades Jesuitas y el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (IIJ-UNAM) señalaron que el proyecto de Ley General contra la Tortura enviado por el Senado a la Cámara de Diputados establece una base mínima que no debería de sufrir modificaciones que signifiquen un retroceso.

Las y los académicos y directivos manifestaron también su preocupación por las observaciones al proyecto publicadas por el Programa Universitario de Derechos Humanos de la UNAM (PUDH-UNAM) y le instaron «respetuosamente» a reformularlas.

«El proyecto de Ley General contra la Tortura enviado por el Senado a la Cámara de Diputados es resultado de un largo e intenso proceso de trabajo que se ha enriquecido con la participación de un grupo amplio de organizaciones de la sociedad civil. Este proceso lo hemos seguido con atención durante varios meses e incluso el Sistema Universitario Jesuita ha participado a través del envío de observaciones», puntualizaron.

Los estudiosos señalaron que las posibles modificaciones al proyecto deberían darse en la fracción III del artículo 24, a fin de salvaguardar los derechos de las personas con discapacidad y evitar interpretaciones que avalen tratamientos forzosos o experimentos científicos; la eliminación, en el artículo 50, de las excepciones a la regla de exclusión de pruebas ilícitas; y los cambios en los artículos 51 y 52 del proyecto a fin de homologar su contenido con el Código Nacional de Procedimientos Penales y con las obligaciones internacionales de México.

Los firmantes de la carta situaron sus desacuerdos con los comentarios del PUDH-UNAM en el no castigar la tentativa de tortura; establecer el elemento de «gravedad» para poder calificar las torturas; la negativa a reconocer agravantes, como el hecho de que se cometa contra grupos vulnerables; y la negativa a excluir todas las pruebas obtenidas directa o indirectamente mediante cualquier acto violatorio de derechos humanos, no sólo la confesión.