*En la resolución que absuelve a militares no se pronuncia por la inocencia o culpabilidad; su libertad es por insuficiencia probatoria
Ciudad de México, a 18 de mayo de 2016. El Magistrado del Sexto Tribunal Unitario en el Estado de México, Adalid Ambriz Landa, decretó la libertad de los tres soldados que enfrentaban un proceso penal en el fuero civil por homicidio calificado y encubrimiento, en la modalidad de alteración y modificación ilícita de vestigios del hecho delictivo, entre otros. Después de esta decisión, la totalidad de los elementos militares que participaron en los hechos del 30 de junio de 2014 en Tlatlaya están libres.
Lo anterior, a pesar de que otro órgano de Estado como lo es la CNDH determinó en su Recomendación 51/2014 la existencia de la ejecución arbitraria de por lo menos de 12 a 15 personas, a lo que se suma las propias declaraciones de las tres mujeres sobrevivientes de la masacre, que coinciden contundentemente: si bien existió un enfrentamiento, la mayoría de los civiles se encontraban ya rendidos a disposición del Ejército para después ser privados de la vida.
En la resolución del 13 de mayo de 2016 dictada dentro del expediente 247/2015, el Magistrado Ambriz sostiene que alguien privó ilegalmente de la vida a los civiles; sin embargo, consideró que no podía determinar la probable responsabilidad de los militares procesados, pues se requerían de mayores elementos probatorios. Dicha decisión judicial evidencia un Poder Judicial de la Federación poco efectivo para el juzgamiento de los casos de graves violaciones a derechos humanos, pero también muestra la responsabilidad de la PGR en la realización de una acusación deficiente y la falta de investigación por su parte; prueba de ello es que la Orden General de Operaciones que instruyó a la unidad castrense involucrada en los hechos “abatir delincuentes en horas de la oscuridad” sigue sin ser investigada.
La resolución del Magistrado no es definitiva y puede ser impugnada por las víctimas reconocidas en el expediente, en tal sentido la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), apersonada en el juicio, debe asesorar a las familias sobre la posibilidad de interponer los recursos correspondientes.
En el mismo sentido, la resolución del Magistrado Ambriz, no se pronuncia por la inocencia o culpabilidad de los elementos militares, sino que su libertad es por insuficiencia probatoria. Esto abre la posibilidad de que la PGR perfeccione su investigación y se evite que el caso permanezca en impunidad.
Para Clara Gómez González, sobreviviente y testigo, la resolución evidencia la falta de acceso a la justicia y abre su preocupación en torno a su seguridad y la de su familia, por lo que exigimos garantías en su proceso de búsqueda de verdad.
Preocupa a las organizaciones firmantes, la intencionalidad de algunos articulistas que han pretendido poner en duda la existencia de los hechos de Tlatlaya e incluso la legitimidad de quienes hemos solicitado justicia en el caso. Reiteramos que la CNDH reconoce la ejecución sumaria, por lo que refrendamos que los hechos deben ser investigados y sancionados.
Todo lo anterior nos confirma que en México la justicia para las víctimas de violaciones a derechos humanos y abusos cometidos por los elementos militares está muy lejos de ser una realidad, asimismo es un indicador de la impunidad que prevalece en nuestro país.