En enero de 2009, Alberta Alcántara Juan y Teresa González Cornelio, mujeres ñha-ñhú de la comunidad de Santiago Mexquititlán, municipio de Amealco, Querétaro fueron injustamente sentenciadas a 21 años de prisión y 90 mil pesos de multa. El Juez Cuarto de Distrito en el estado de Querétaro las condenó, junto con Jacinta Francisco Marcial, considerándolas responsables de haber secuestrado a seis agentes de la Agencia Federal de Investigación (AFI) durante hechos ocurridos el 26 de marzo de 2006 en su comunidad.
Posteriormente, en abril de 2009 el Magistrado del Tribunal Unitario de Circuito, quien conoció de la apelación interpuesta contra la sentencia, determinó que la acusación estaba plagada de contradicciones por lo que ordenó reponer el procedimiento para el desahogo de nuevas pruebas. Dichas diligencias fueron realizadas durante mayo y septiembre del año pasado ante la presencia del Juez Cuarto de Distrito. En ellas, el juzgador conoció de primera mano las inconsistencias e incongruencias en que persistentemente incurrieron los agentes federales de investigación que se dolían de haber sido plagiados. Además, durante la reposición del procedimiento la CNDH emitió una recomendación a la Procuraduría General de la República por las violaciones a los derechos humanos de Alberta, Teresa y Jacinta.
Con todos los elementos anteriores y estando en posibilidad de dictar nueva sentencia, el juez Rodolfo Pedraza Longhi tuvo ante sí la oportunidad de restituir los derechos de Alberta y Teresa y devolverles su libertad. No obstante, el 19 de febrero de 2010 decidió de nueva cuenta convalidar las irregularidades existentes en la acusación de la PGR y condenarlas a 21 años de prisión por encontrarlas plenamente responsables del secuestro de los agentes. Con este acto pretende revestir de legalidad la burda fabricación de un delito tan grave como el secuestro.
Esto ocurre días después que la PGR vertió declaraciones imprecisas y dolosas tratando de generar confusión sobre los delitos imputados a Alberta y Teresa.
Con la sentencia dictada por el Juez Cuarto de Distrito se refrenda la negativa a reconocer la presunción de inocencia de ambas mujeres y a presumir en los hechos lo contrario: su culpabilidad, aun cuando la acusación en su contra es absurda y carente de pruebas. Asimismo se perpetúa la vulneración de los derechos de Alberta y Teresa, manteniéndolas por tiempo indefinido en injusta reclusión.
Por otro lado, se hace patente el talante discriminatorio del sistema de justicia en México, así como el uso faccioso del aparato punitivo del Estado para castigar muestras de descontento. En lugar de sancionar a los seis agentes federales por el abuso de autoridad perpetrado en marzo de 2006 en la comunidad de Santiago Mexquititlán, se opta por criminalizar a dos mujeres del pueblo ñha-ñhú que, con plena conciencia de sus derechos, exigieron a las autoridades que comprobaran la legalidad de los actos realizados.
Lejos estamos del acceso equitativo a la justicia para las personas históricamente marginadas de la sociedad mexicana: las mujeres, los pueblos indígenas y las personas en situación económica desfavorable. La aplicación sesgada de las leyes en contra de quienes padecen con mayor agudeza el patrón de discriminación demuestra las graves falencias del sistema de justicia en México. En este caso se evidencia que las instancias de procuración e impartición de justicia son un espacio donde se prohíja el uso de poder arbitrario y no la tutela efectiva de los derechos humanos.
El Centro Prodh y el Centro de Derechos Humanos Fray Jacobo Daciano, exigen a las autoridades para que se restaure el Estado de Derecho y se libere sin condiciones a Alberta Alcántara Juan y Teresa González Cornelio. Ante este nuevo escenario, continuaremos apoyando en la defensa jurídica del caso y anunciaremos las acciones que se emprenderán para lograr su liberación.