* Aprueban el cambio a la Constitución 19 congresos estatales, informa la Comisión Permanente.
Ciudad de México, 18 de junio de 2015. Con la aprobación de 19 congresos estatales, la Comisión Permanente declaró válida la reforma al artículo 73 de la Constitución, con lo que se faculta al Poder Legislativo federal mexicano para legislar en materia de desaparición forzada e involuntaria de personas, tortura y tratos crueles.
La reforma fue enviada al presidente Enrique Peña Nieto para su publicación en el Diario Oficial de la Federación, y con ello el Congreso mexicano tendrá facultades para expedir leyes generales y establecer los mínimos penales para los delitos de desaparición forzada o involuntaria de personas, secuestro, trata, tortura y tratos crueles inhumanos o degradantes.
Una vez aprobada por la Cámara de Diputados y la mayoría de los congresos estatales, el Congreso de la Unión tiene que expedir la legislación dentro de los 180 días siguientes a la entrada en vigor del decreto.
La demanda de realizar una reforma constitucional en derechos humanos fue un reclamo unánime de organismos internacionales y organizaciones de la sociedad civil a partir de la desaparición forzada de los 43 normalistas de Ayotzinapa, los días 26 y 27 de septiembre en Iguala, Guerrero.
El 19 de abril, organizaciones de la sociedad civil presentaron al Senado propuestas legislativas para buscar el reconocimiento constitucional del derecho humano a no ser desaparecido; que incluso en caso de suspensión de garantías se asegurase el derecho a no ser desaparecido; y que se facultara al Legislativo Federal a legislar en diversas materias enfocadas a la garantía de los derechos humanos reconocidos en el artículo 1 constitucional, entre ellas sobre desaparición de personas, tortura, ejecución arbitraria y desplazamiento forzado interno. Las propuestas fueron generadas por más de 120 organizaciones de la sociedad civil y expertos en derechos humanos, con la asistencia técnica de la Oficina en México de la Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU (OACNUDH).
En abril de este año, representantes del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, de Freedom House y de Fuerzas Unidas por Nuestros Desaparecidos, afirmaron que en la reforma finalmente aprobada por el Senado -que lo sería posteriormente por la Cámara de Diputados- quedaron pendientes temas como el desplazamiento forzado, así como las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias.
Por su parte, el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) nombrado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para el caso de Ayotzinapa solicitó el 14 de abril al poder legislativo que “a la mayor brevedad” aprobara en el anterior periodo de sesiones la reforma constitucional para que se reconozca de manera expresa la desaparición forzada y para que se faculte al Congreso de la Unión para legislar en la materia.
Hasta marzo de este año, cifras oficiales arrojaron que hay en México 25 mil 823 personas «no localizadas». Del 2006 y hasta abril del 2014 nadie fue condenado por desaparición forzada en México pese a que es uno de los ilícitos que más preocupa, afirmó Alejandra Ancheita Pagaza, ganadora del reconocimiento Martín Ennals 2014.
* Con datos de El Economista