* Las me’phaa, torturadas sexualmente por soldados, continuarán su búsqueda de justicia, señala Tlachinollan.
Ciudad de México, 12 de mayo de 2015. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) perdió ayer la posibilidad de contribuir al avance de los derechos humanos de las mujeres indígenas, al pronunciarse en contra de hacer un análisis a profundidad sobre los estándares que, en materia de género, etnicidad y tortura sexual, estableció la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) en las sentencias dictadas en los casos de Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú, denunció el Centro de Derechos Humanos de La Montaña “Tlachinollan”.
Tlachinollan lamentó también que en la discusión, el Pleno de la SCJN no haya hecho un reconocimiento formal y expreso de la lucha de Inés y Valentina y de la manera en que ambas mujeres desafiaron múltiples obstáculos para desafiar la impunidad. “Este reconocimiento público fue inexistente, incluso en la sesión en la que la propia señora Valentina Rosendo Cantú estuvo presente, lo que habla de un alejamiento del tribunal respecto de las víctimas”, resaltó.
La discusión del Expediente Varios 1396/2011 duró cuatro sesiones, y la decisión de no realizar el análisis con perspectiva de género, etnicidad y tortura sexual se adoptó de manera dividida.
En el año 2010 la CoIDH emitió dos sentencias condenatorias contra el Estado mexicano por las violaciones a derechos humanos cometidas en perjuicio de las mujeres me’phaa Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú, torturadas sexualmente por elementos del Ejército mexicano durante el año 2002.
Al igual que en el caso de Rosendo Radilla, se pretendió que la SCJN determinara las obligaciones del Poder Judicial de la Federación (PJF), por lo que se abrió el expediente. Después de tres sesiones de discusión, el proyecto elaborado por la ponencia del Ministro Pérez Dayán fue retirado al no generar consenso respecto de las obligaciones del Poder Judicial de la Federación en temas como la fijación de estándares en materia de tortura sexual, perspectiva de género y etnicidad.
En la discusión de ayer, la mayoría votó a favor de su aprobación. “No obstante, el proyecto aprobado se limitó a analizar superficialmente ambas sentencias interamericanas. Las observaciones formuladas al proyecto del Ministro Pérez Dayán no fueron resueltas a cabalidad”, puntualizó Tlachinollan. “El proyecto fue omiso en el desarrollo de los temas resueltos en las sentencias de la CoIDH que no han sido objeto de un análisis sistemático y adecuado por parte del PJF en sus tesis, como por ejemplo los estándares de valoración de la prueba en casos de tortura sexual o de toma y valoración de las declaraciones de personas indígenas víctimas del delito, con énfasis en aquellas vertidas por mujeres o menores de edad”.
La organización lamentó que el proyecto aprobado también sea omiso en señalar con precisión las obligaciones de los órganos jurisdiccionales que llevan los juicios contra los presuntos responsables de los delitos cometidos contra Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú, pues “considerando los antecedentes del PJF, ello podría repercutir en que, a la postre, ambos casos queden impunes”, valoró el centro de derechos humanos en un comunicado.
Esta resolución, finalizó Tlachinollan, es elocuente sobre el momento que hoy vive la SCJN: “Llama la atención que el Ministro Presidente, de manera inusual, se haya referido a que no existe una mayoría de ministros contraria al avance de los derechos humanos, cuando en las últimas votaciones parece perfilarse nítidamente una división en el Pleno de esa naturaleza”. Llamó a la sociedad a estar atenta para evitar una regresión en derechos humanos.