La reforma a la Ley Orgánica del Ejército es en los hechos otra expresión de la progresiva autonomía de las Fuerzas Armadas.

Hace unos días la Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos para crear la Comandancia del Ejército. Según había enfatizado la iniciativa, la existencia de esta figura permitirá una mejor coordinación entre la Secretaría de la Defensa Nacional, como entidad de la administración pública federal, y la nueva Comandancia, que se enfocará primordialmente en la dirección estratégica militar de la defensa nacional.

Publicado originalmente el día 20 de febrero de 2022, en el diario Reforma

La iniciativa había sido presentada por el Ejecutivo el 19 de noviembre de 2021. En el Senado se aprobó con 78 votos a favor y 20 en contra, el 14 de diciembre. En la Cámara de Diputados, por unanimidad de 482 votos, este 15 de febrero. Tres breves meses de proceso legislativo.

Las implicaciones de esta reforma en la organización castrense son profundas, pero aquí nos interesa destacar dos elementos que muestran cómo, en los hechos, estamos ante otra expresión de la progresiva autonomía de las Fuerzas Armadas: por un lado, la forma en que el Ejército definió y adoptó esta modificación antes de que pasara por el Congreso; y por otro, la manera en que en la discusión no se fortalecieron los controles externos sobre las Fuerzas Armadas.

Sobre lo primero, desde el 13 de agosto de 2021, en el aniversario de los Tratados de Teoloyucan, tomó protesta el nuevo Comandante del Ejército, General Eufemio Alberto Ibarra Flores. En esa ceremonia, se trazaron los alcances de la nueva figura, seis meses antes de que el Poder Legislativo la creara.

La efeméride importó más que la legalidad. Primero estuvo la definición castrense y la formalización legal vino después; el Congreso legisló lo que los castrenses ya habían decidido sobre su reorganización. Así pasa cuando el Ejército manda.

Respecto de lo segundo, la reforma no fortaleció los controles externos sobre las Fuerzas Armadas. Por citar sólo un ejemplo, fue modificado el artículo 14 fracción II de la Ley Orgánica, que enumera los mandos que el Secretario de la Defensa nombra, para asegurar que éste designe al titular de la nueva Comandancia. En esta modificación no se incluyó ningún control formal que asegure que esta delicada designación pueda contar con el visto bueno del Presidente de la República en turno, en tanto Comandante Supremo. Tampoco se buscó introducir otros controles, aun cuando algunos de esos nombramientos presentan serios problemas; tal es el caso de la facultad personal del Secretario de nombrar a todos los magistrados del Tribunal Superior Militar y al propio Fiscal General de Justicia Militar, lo que evidentemente compromete de un modo estructural la independencia e imparcialidad de los órganos de justicia del fuero de guerra.

Considerando estos dos elementos, llama la atención que en la Cámara de Diputados esta modificación se haya aprobado por unanimidad. Sorprende que los partidos que hoy se encuentran en la oposición, tan prestos a hablar de militarización en el debate público, ahora no hayan fijado posiciones consecuentes en el debate legislativo, salvo algunas excepciones honrosas en el Senado.

Esta realidad, sin duda, justifica mantener la alerta ante la posibilidad de que se materialice una reforma que entregue por entero la Guardia Nacional a la Sedena, no solo con el respaldo de la fracción parlamentaria del partido en el poder, de la que a estas alturas poco hay que esperar en el tema, sino también del resto de los grupos parlamentarios, que tradicionalmente han apoyado la expansión del protagonismo castrense.

Como documentamos desde el Centro Prodh en nuestro Informe «Poder Militar», la profundización de la militarización avanza, debilitándose progresivamente los controles civiles sobre las Fuerzas Armadas. Es necesario seguir señalándolo.

El autor es director del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez A.C. (Centro Prodh). @CentroProdh