Informe sobre implementación de Recomendaciones Internacionales
Hay una amplia brecha entre las decisiones y recomendaciones internacionales y la situación de derechos humanos en el país. Uno de los principales obstáculos es la falta de una visión de Estado para acatarlas, además de las deficiencias en los mecanismos para coordinar su implementación. En México tampoco existe una ley que distribuya competencias entre las autoridades obligadas a fin de coordinar esfuerzos y forzar voluntades.
- Las decisiones y recomendaciones de organismos del sistema universal e interamericano de derechos humanos han propiciado avances relevantes para transformar la realidad social e impulsar un comportamiento consistente con normas internacionales de derechos humanos en México.
- Las decisiones y recomendaciones internacionales –que involucran años de estudio, cuantiosos recursos y enormes esfuerzos por parte de organismos de los sistemas universal e interamericano de derechos humanos– pierden su efecto útil ante un Estado que no cumple de manera pronta y efectiva con sus obligaciones.
- México es uno de los países con mayor número de peticiones pendientes ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Tan sólo entre 2006 y 2020, la CIDH recibió 7,602 peticiones nuevas respecto de México. Durante la misma temporalidad, la CIDH decidió abrir a trámite 5,422 de esas peticiones. Para 2019, la CIDH reportó que 854 peticiones estaban en etapa de admisibilidad, mientras que en 2020 se reportó que 120 casos ya estaban en etapa de fondo.
- Fortalecer presupuestaria y facultativamente los mecanismos institucionales del Estado encargados de implementar, coordinar y dar seguimiento a las decisiones y recomendaciones dirigidas a México por organismos internacionales de derechos humanos.
- Adoptar una ley general de cooperación que distribuya competencias entre las autoridades obligadas por las decisiones y recomendaciones internacionales dirigidas a México.
- Asegurar que el Estado en su conjunto cuente con la voluntad necesaria para el debido cumplimiento de sus obligaciones internacionales derivadas de las decisiones y recomendaciones dirigidas al Estado Mexicano por organismos internacionales de derechos humanos.
- Dar un seguimiento puntual y anual a las recomendaciones hechas en los ciclos anteriores del EPU de México.