México, D.F., 29 de agosto de 2008

Boletín de prensa SC-09-08

El Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez manifestó recientemente su preocupación ante una posible sentencia condenatoria contra tres miembros de la familia Romero, detenidos y torturados por policías municipales el día 3 de mayo de 2006 en las afueras de su negocio en el mercado Belisario Domínguez en Texcoco y posteriormente acusados de lesiones, ultraje y portación de arma prohibida. A pesar de tener derecho a fianza en el momento de su detención, no se les permitió pagarla porque el Ministerio Público argumentó que se trataba de personas con alto grado de peligrosidad, por lo que se les ha mantenido privadas de su libertad durante los más de dos años que ha durado el proceso.

El pasado 21 de agosto, el Juez Tercero de Primera Instancia de Texcoco, Albino Chávez Hernández, dictó sentencia condenatoria a María Patricia Romero Hernández por los delitos de ultraje y portación de armas sentenciándola a 4 años de prisión, sustituibles por 175 días de salario mínimo, y al pago de una multa de 205 días de salario mínimo; a su hijo Arturo Sánchez Romero por los delitos de lesiones y ultrajes le impuso una multa de 188 días de salario mínimo y una pena de 3 años y 4 meses de prisión, sustituibles por 81 días de salario mínimo; y al señor Raúl Romero Macías por los delitos de lesiones y ultraje, una multa de 210 días de salario mínimo y 3 años 8 meses 7días de prisión, sustituibles por 81 días de salario mínimo. Ante dicha sentencia los compañeros manifestaron su inconformidad pues se había solicitado sentencia absolutoria debido a la injusta detención y las falsas imputaciones realizadas contra ellos.

El Código Penal del Estado de México establece el término de 5 días para inconformarse con la sentencia, por lo que el Ministerio Público presentó dicho recurso el 28 de agosto del presente año, a una hora de que venciera el plazo establecido. Las personas sentenciadas también presentaron su apelación, lo cual tendría como consecuencia no poder hacer uso del beneficio de la sustitución de la pena y, en consecuencia, no salir en libertad: tendrían que esperar la resolución de segunda instancia, lo cual tomaría al menos cuatro meses más.

El día de hoy, 29 de agosto, el Ministerio Público se desistió de la apelación, por lo tanto, ante la expectativa de poder salir libres este mismo día, también Patricia y sus familiares se desistieron de su derecho a inconformarse ante un tribunal de segunda instancia por la sentencia impuesta.

A pesar de que hoy salen libres, insistimos en que María Patricia y sus familiares fueron procesados injustamente durante más de dos años y sentenciados en una decisión que no se apega a derecho pues la sentencia debió ser absolutoria, ya que las detenciones fueron realizadas en el marco de la actuación del Estado contra un movimiento que planteaba demandas legítimas y mediante un uso excesivo de la fuerza por parte de agentes policiales.

El Centro Prodh ha fungido como coadyuvante en la averiguación previa que se mantiene abierta ante la FEVIMTRA por los hechos ocurridos el 3 y 4 de mayo de 2006. En esos hechos María Patricia Romero Hernández, junto con otras compañeras, fue víctima de tortura, lo cual ha sido ampliamente documentado, no obstante, a más de dos años de acaecidos los hechos no se ha consignado a los responsables.

El Centro Prodh considera como un hecho grave la parcialidad con la que resolvió el juez la causa entablada contra la familia Romero. Con su actuación confirma la falta de independencia de las instancias de procuración y administración de justicia del Estado de México, donde se ha hecho, en reiteradas ocasiones, un uso faccioso del sistema de justicia frente a las demandas y protestas de la sociedad; por lo que llamamos a la sociedad civil a continuar exigiendo justicia para las víctimas de este caso y libertad para las presas y presos.