
- El Estado debe comprometerse a acceder a que el informe del Subcomité sea público en su totalidad con el objetivo de que cumpla con su función de prevención.
- Ante el debilitamiento institucional de la CNDH y la extinción del INAI, el compromiso de la publicidad del informe y el compromiso de implementar las recomendaciones es clave para la prevención de la tortura en México.
Ciudad de México, a 22 de enero de 2026.- Para revisar la situación de la práctica de tortura, una violación a derechos humanos que continúa siendo generalizada en el país, el Subcomité para la Prevención de la Tortura (SPT) de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) llevará a cabo una visita a México, del 25 al 30 de enero. El SPT, compuesto por 25 personas expertas independientes, de las cuales cuatro estarán en la visita en territorio mexicano, tiene la misión de prevenir la tortura y los malos tratos, particularmente con el mandato de acudir a lugares de privación de la libertad como prisiones, instalaciones militares, hospitales psiquiátricos y estaciones migratorias evaluando el trato que reciben las personas en dichos espacios; estas visitas y a quiénes entrevistan son de estricta confidencialidad.
Al ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura (OPCAT), el Estado mexicano se comprometió a dar pleno acceso al SPT para llevar a cabo estas visitas; además, tiene la obligación de establecer un Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNPT) independiente para examinar el trato de las personas detenidas, el cual –conforme a lo establecido en la Ley General en la materia– en nuestro país está adscrito a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
En la visita, las integrantes del SPT se reunirán con autoridades y realizarán entrevistas con personas privadas de su libertad. Instamos a que el Subcomité también establezca un espacio de diálogo para las organizaciones de la sociedad civil que han documentando la persistencia de la tortura a lo largo de estos años. Tras la visita, el Subcomité elaborará un informe sobre sus actividades, hallazgos y recomendaciones al Estado, que se presentan al Comité contra la Tortura (CAT) y a la Asamblea General de la ONU. Los informes son confidenciales y sólo los Estados pueden decidir si se hacen públicos en su totalidad o en partes. La publicidad del informe es de la mayor relevancia para garantizar la transparencia y poder dar un seguimiento puntual desde la sociedad civil y las víctimas a la adecuada implementación de sus recomendaciones.
La visita se dará en el marco de un incremento significativo de las personas privadas de la libertad en el país, la ampliación del catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, la inadecuada operación del MNPT y el debilitamiento institucional de la CNDH, la reciente publicación de la Ley General en materia de Extorsión –con la que se podrían validar pruebas obtenidas mediante tortura– y la inminente regulación de la figura de “jueces sin rostro” en el próximo periodo legislativo.
El SPT realizó una visita a México por primera vez en 2008, mientras que la última visita fue en diciembre de 2016. El último informe fue publicado dos años después, derivado de que las organizaciones de la sociedad civil lo requirieran por vía de transparencia ante la negativa del Estado de publicarlo. En este, el SPT constató el carácter generalizado de la tortura en el país tras acudir a 32 lugares de privación de la libertad en Baja California, Coahuila, Guerrero – donde se les negó la entrada a instalaciones militares-, Ciudad de México, Morelos, Nuevo León y Veracruz, y realizó recomendaciones al Estado, entre las que destacan por continuar siendo un pendiente:
- La publicación del informe de la visita a fin de contribuir a la prevención de la tortura y la difusión de las recomendaciones.
- Garantizar la calidad de la defensa pública otorgada a las personas privadas de la libertad, así como que estas puedan ejercer su derecho a la defensa desde el primer momento de su detención.
- A fin de que las alegaciones de tortura y malos tratos no queden en la impunidad, garantizar que estas sean objeto de una investigación de oficio, pronta, exhaustiva e imparcial por órganos independientes.
- Que las declaraciones realizadas como resultado de la tortura no sean utilizadas como prueba en ningún procedimiento, salvo en contra de la persona acusada de tortura.
- Establecer un registro unificado a nivel nacional de detenciones, incluyendo a personas migrantes y personas privadas de la libertad.
- Que el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNPT) lleve a cabo más visitas periódicas no anuciadas.
- Que las personas privadas de la libertad puedan denunciar cualquier acto de totura ante el MNPT de manera confidencial y sin temor a sufrir represalias.
- Mejorar las condiciones estructurales, de personal y de servicios de los lugares de privación de la libertad, notando la falta de gobernabilidad, sobrepoblación penitenciaria y condiciones deficientes en estos espacios.
- Evaluar las condiciones en las que las mujeres son sometidas a violencias institucionales en detención.
- Garantizar que las autoridades con facultades para privar a personas de su libertad implementen estándares de uso racional y proporcionado de la fuerza, así como la implementación de mecanismos de supervisión para prevenir, detectar y sancionar la tortura en contra de personas detenidas.
Lee más al respecto en el comunicado de la ONU.