Lo que exaspera del cambio de la medida cautelar en el caso de los 8 militares procesados por el caso Ayotzinapa es que en aquellas causas penales en las que los acusados son elementos del Ejército o de la Marina, los cambios se están ordenando con una celeridad inusual y sin un análisis exhaustivo de la evidencia sobre riesgo de fuga.
El pasado fin de semana se dio a conocer que un grupo de 8 militares procesados en el caso Ayotzinapa serían beneficiados con el cambio de la medida cautelar de prisión preventiva por la que se encontraban privados de la libertad en instalaciones castrenses, para el efecto de que pudieran enfrentar su proceso penal en prisión domiciliaria. Es decir, fueron excarcelados —que no exonerados— para que puedan seguir su juicio desde su casa.
Dado que esta decisión ha generado polémica, es fundamental realizar algunas precisiones.
Publicado originalmente el día 23 de enero del 2024, en «La lucha cotidiana de los derechos humanos».
En primer lugar, importa decir que esta decisión no ocurre en el vacío. El proceso de esclarecimiento de lo ocurrido el 26 de septiembre de 2014 se encuentra en abierto retroceso desde hace tiempo. De 2022 a la fecha han salido de la investigación del caso el Fiscal que presentó las primeras acusaciones, las y los Expertos Internacionales que colaboraron en la indagatoria y el Subsecretario de Derechos Humanos que encabezó este esfuerzo.
Desde entonces ha prevalecido la negativa militar a entregar los documentos faltantes y no se ha logrado que todos los prófugos rindan cuentas. Más grave aún: no se ha logrado avanzar más en dilucidar el paradero final de todos los jóvenes. Simultáneamente, ha arreciado la hostilidad verbal contra las organizaciones de derechos humanos, hostigadas también con el uso de Pegasus, y —más grave aún— de las propias familias. Este escenario, donde la justicia y la verdad prometidas no son todavía garantizadas plenamente, es el marco de la decisión judicial en cuestión. Por eso puede decirse, viendo la circunstancia de conjunto, que poco a poco vienen derrumbándose los avances que se habían alcanzado en el caso.
En segundo lugar, es relevante decir que lo que indigna de esta decisión no es en sí mismo el cambio de medida cautelar. De hecho, todas las personas que estamos a favor de los derechos humanos deberíamos estar en contra de la aplicación excesiva de la prisión preventiva y cuestionar, en lo particular, el uso de la prisión preventiva oficiosa, que efectivamente es contraria a la presunción de inocencia, como ya lo estableció la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Todas las personas acusadas de un delito en México deberían poder enfrentar las respectivas acusaciones en libertad, salvo en los supuestos expresamente previstos en la legislación penal, pues la prisión preventiva impuesta a las personas acusadas en un proceso penal debe ser la excepción, no la regla. Eso lo tenemos claro las organizaciones de derechos humanos, que hemos trabajado por años para la restricción de la prisión preventiva, sin que por ello ignoremos que las víctimas directas pueden tener una sensibilidad diferente hacia el tema, sobre todo en casos donde la justicia les ha defraudado sobremanera.
Con esa claridad, es necesario precisar en tercer lugar qué es lo que indigna de esta decisión, que se suma a otras previas similares: concretamente, lo que exaspera es que en aquellas causas penales en las que los acusados son elementos del Ejército o de la Marina, incluso en casos de graves violaciones a derechos humanos, estos cambios de medidas cautelares se están ordenando —en Ayotzinapa pero también en otros procesos— con una celeridad inusual, a veces con la intervención irregular de la propia Guardia Nacional, sin un análisis exhaustivo de la evidencia sobre riesgo de fuga, siendo este último relativizado con referencias vagas a la identidad castrense de los procesados. No tenemos registro, en el Centro Prodh, de otros casos en los que acusados civiles de delitos como desaparición forzada o delincuencia organizada que ni siquiera acreditan tener arraigo en sus domicilios particulares, estén recibiendo esta clase de beneficios en el presente. Sin duda alguna, la identidad castrense de los procesados es un factor que está gravitando sobremanera en estas determinaciones y es eso lo que resulta afrentoso para los ofendidos.
A ello se añade, en cuarto lugar, la recurrente incapacidad de la Fiscalía General de la República (FGR) para sostener sus acusaciones y tutelar los derechos de las víctimas. En el caso, correspondía a la Fiscalía desde el comienzo haber argumentado y justificado adecuadamente la procedencia de la prisión preventiva justificada, lo que no se hizo de manera sólida. Y es que en el caso Ayotzinapa, desde la salida del anterior titular de la Unidad Especializada para la Investigación del caso (UEILCA) y su equipo, los nuevos integrantes de esta Fiscalía Especial sólo acumulan reveses judiciales y actuaciones deficientes. Han distraído su atención en envenenar el oído de sus superiores con descalificaciones contra las organizaciones, las víctimas, el GIEI o la CIDH, atribuyendo a los representantes de las familias supuestos conflictos de interés por denunciar la tortura en el caso, en vez de avanzar las líneas de investigación pendientes y cuidar los procesos iniciados. El resultado está a la vista.
Por último, lo que más indigna de esta resolución es sin duda la abierta intervención de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) en la defensa de los acusados. Aunque hay abogados particulares que se han sumado y que realizan la innoble tarea de fungir como voceros de los intereses castrenses en los medios de comunicación, la voz cantante en las audiencias la siguen llevando servidores públicos de la SEDENA, que comparecen bajo la fachada de ser defensores militares de oficio de los acusados.
Siendo la defensa proveída por el Estado innecesaria para quienes tienen abogados particulares de connotados despachos legales, es claro que su intervención es más bien un apoyo institucional del Ejército para los suyos. Máxime dado que se trata de los mismos abogados militares que denunciaron penalmente al exsubsecretario de Derechos Humanos, los mismos que pretenden citar a declarar al anterior Fiscal y los mismos que buscan interrogar en juicio a los expertos del GIEI. Esto es grave, como lo ha hecho ver con claridad el exsubsecretario de Derechos Humanos. Así como en el pasado el Alto Mando castrense abrió la cárcel militar para que desde ahí se denostara a las autoridades a cargo de la investigación, hoy el Alto Mando Militar instruye la defensa de sus elementos acusados de graves violaciones a derechos humanos y/o narcotráfico. Una posición que, más allá de sus implicaciones o justificaciones legales, envía un mensaje inequívoco hacia los familiares de las víctimas y a la sociedad sobre el espíritu del cuerpo castrense como factor para la prevalencia de la impunidad.
Son estos temas esenciales —los innegables privilegios militares, la inamovible impunidad militar, el creciente empoderamiento castrense de este sexenio— los que habría que traer a la discusión pública frente a lo que está sucediendo en Ayotzinapa, y no instrumentalizar el caso para acrecentar la disputa del Poder Ejecutivo contra el Poder Judicial, que hoy llega al extremo de amenazar con investigar a jueces y magistrados en el caso, deriva que desde luego no acompañamos desde el Centro Prodh. Lo que interesa a los familiares de los desaparecidos no es quedar en medio de esta reyerta, sino acceder a la justicia y a la verdad. No más, pero tampoco menos.