- Pese a que autoridades de FGR impugnaron la sentencia de amparo que ordena la creación y operación del Banco Nacional de Datos Forenses, magistradas y magistrados del Poder Judicial de la Federación, votaron de manera unánime para confirmar esta obligación; ésta determinación es definitiva e irrevocable.
- La sentencia ordena a la FGR implementar el Banco Nacional de Datos Forenses en un plazo de 40 días hábiles bajo su supervisión del juzgado.
- El Tribunal concluyó que el Banco es una herramienta que garantiza los derechos a la búsqueda, a la verdad y a la justicia de personas desaparecidas, y que su falta de creación vulnera los derechos de Olimpia Montoya, buscadora de Guanajuato que promovió el amparo.
Ciudad de México a 14 de abril de 2023.- Luego de que autoridades de la Fiscalía General de la República (FGR) impugnaran la sentencia de amparo que ordenó la creación del Banco Nacional de Datos Forenses (BNDF), magistradas y magistrados del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito votaron de manera unánime para confirmar la responsabilidad de la dependencia de crear y operar esta herramienta, la cual es fundamental para atender la crisis de personas desaparecidas y en materia forense en el país. Esta sentencia pone fin al litigio y ordena, de manera definitiva e irrevocable, que la FGR debe implementar el Banco, para lo cual concede un plazo de 40 días hábiles.
El litigio inició con la demanda de amparo interpuesta por Olimpia Montoya, cuyo hermano se encuentra desaparecido, acompañada por el Centro Prodh, el 5 de octubre de 2022 el Juzgado auxiliar resolvió el amparo y ordenó a la Fiscalía hacer todo lo necesario para crear el Banco como lo mandata la Ley General en materia de desaparición, esto incluye —además de hacer públicos los lineamientos para su operación y desarrollo— obtener recursos económicos, la creación formal de las herramientas tecnológicas, la coordinación en grupos de trabajo de personas expertas.
Pese a ello, en lugar de cumplir con esta obligación judicial y atender el llamado de miles de familias de personas desaparecidas, la FGR recurrió la decisión judicial, insistiendo que no se encontraba dentro de sus facultades la implementación del BNDF y que, en todo caso, su inexistencia no le generaba ninguna afectación a las familias de personas desaparecidas.
Sin embargo, tras analizar los argumentos de la Fiscalía, el Tribunal Colegiado los consideró infundados y concluyó que “el Banco Nacional de Datos Forenses y el Registro Nacional de Personas Fallecidas No Identificadas y No Reclamadas son herramientas que constituyen auténticas formas de garantizar los derechos a la búsqueda, a la verdad y a la justicia”, y que la omisión de las autoridades vulnera los derechos de Olimpia Montoya, ya que la falta de implementación de éstas herramientas limita injustificadamente la búsqueda de su hermano. Además, señala claramente la necesidad de que las distintas áreas dentro de FGR, así como otras autoridades, se coordinen en la efectiva implementación y operación del BNDF.
La decisión del Tribunal Colegiado confirma una vez más el retraso en que ha incurrido la FGR para atender sus obligaciones en materia forense y la necesidad que han manifestado familiares, colectivos, organizaciones y organismos internacionales de que el BNDF se encuentre en operación a la brevedad, como herramienta que permita atender la crisis de más de 110 mil personas desaparecidas y más de 52 mil cuerpos sin identificar que atraviesa el país.
Olimpia Montoya, el Centro Prodh y las familias que han acompañado en esta lucha hacemos el llamado a la Fiscalía para que dé cumplimiento pronto a la sentencia y a que priorice las acciones, el presupuesto y las medidas necesarias para enfrentar la crisis forense.