El mensaje de independencia emitido por la Corte aún debe coronarse atendiendo de forma realmente prioritaria los asuntos pendientes, sobre todo aquellos en los que es más necesario que las decisiones recientes del Ejecutivo sean examinadas.

El año ha arrancado con la renovación de la presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Pese a los peores presagios y los intentos de injerencia desde otros poderes, el proceso desembocó en un reforzamiento de la independencia judicial.

La elección de la ministra Norma Lucía Piña Hernández debe celebrarse no sólo por el rompimiento de un techo de cristal que por demasiado tiempo había mantenido a las ministras de la Corte al margen de la Presidencia del Tribunal, sino también por su trayectoria, en la que se conjugan el rigor judicial, la honestidad académica y un desempeño solvente e independiente en la propia Corte, cualidades no aseguradas por otras aspirantes, como fue público y manifiesto.

Publicado originalmente el día 10 de enero del 2023, en «La lucha cotidiana de los derechos humanos».

Es de esperar que ese talante guíe su presidencia y que su larga carrera judicial no redunde —como en ocasiones ha ocurrido en el pasado con otros ministros que exclusivamente han desarrollado sus carreras dentro del propio Poder Judicial de la Federación— en constreñir la inclusión de perspectivas sobre la justicia que se construyen desde la academia, la sociedad civil y los movimientos de víctimas; por el contrario, la apertura es especialmente deseable en estos tiempos.

En ese contexto, es también una señal positiva que un juzgador que ha impulsado con consistencia la protección de los derechos humanos en la Corte, como el Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, haya sido el otro contendiente por la presidencia en la última ronda, lo que vale la pena reconocer frente a las descalificaciones personales que se han proferido en su contra desde el Ejecutivo.

Resuelto el relevo en la Presidencia, la SCJN tiene ante sí una intensa agenda de asuntos pendientes. Entre estos, destaca sin duda la resolución de los diversos litigios que ha generado la profusión de reformas relacionadas con el proceso de profundización de la militarización que ha tenido lugar durante los últimos años.

Aunque a finales del año pasado la SCJN resolvió la Controversia Constitucional 90/2020, con la determinación de que el Presidente no había invadido la esfera de competencias del Congreso de la Unión al disponer de la Fuerza Armada Permanente para la realización de labores de seguridad pública, por vía de un Acuerdo fechado el 11 de mayo de 2020, no está dicha la última palabra sobre la compatibilidad de la militarización en curso con la Constitución y los tratados internacionales.

La propia SCJN informó el 9 de diciembre de 2022 que, en atención a la solicitud presentada por el Presidente de la Cámara de Diputados, sustanciará y resolverá de manera prioritaria algunos asuntos relacionados con la regulación de la Guardia Nacional, las normas penales militares y la participación de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública.

Concretamente, se trata de las acciones de inconstitucionalidad 62/2019, sobre la Ley de la Guardia Nacional; 63/2019, sobre la Ley Nacional del Registro de Detenciones; 173/2021, sobre la Ley Orgánica de la Armada de México; 46/2016, sobre el Código de Justicia Militar y el Código de Procedimientos Penales; y 137/2022, sobre la reciente adscripción de la Guardia Nacional a la SEDENA que supuso modificar la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de la Guardia Nacional, la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos y la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicano. También, se incluyen otras controversias constitucionales interpuestas contra el Acuerdo Presidencial de mayo de 2020: la 91/2020, que interpuso el municipio Pabellón de Arteaga, Aguascalientes; la 85/2020, que interpuso el municipio Colima; y la 87/2020, que presentó el estado de Michoacán. A estos asuntos se suma además el amparo en revisión 282/2020, también contra la Ley de la Guardia Nacional.

No son estos, desde luego, los únicos juicios pendientes en el Poder Judicial de la Federación sobre el proceso de militarización en curso. Desde el Centro Prodh acompañamos en el presente a comunidades que han acudido a la justicia federal para impugnar la imposición de cuarteles militares de la Guardia Nacional en territorios indígenas o en zonas ambientalmente relevantes, así como juicios donde se controvierte la adscripción de la Guardia a la SEDENA o su implantación en la Ciudad de México, entre otras cuestiones. En todos estos casos, se ha acudido al Poder Judicial Federal para que proteja derechos y delimite el lugar que nuestro orden constitucional asigna a las Fuerzas Armadas, hoy más que nunca empoderadas.

La resolución de los asuntos que están bajo el conocimiento de la SCJN es de primera relevancia. Es deseable que ésta sea más pronta, pues algunos de estos asuntos han demorado en exceso en ser dirimidos; que sea más profunda, para que no se diluya en análisis formales el cambio de fondo que está ocurriendo en el papel de las Fuerzas Armadas en la vida pública; que sea más transparente, asegurando que en cada caso los proyectos se hagan públicos antes de ser discutidos dada la trascendencia del tema —lo que no se garantizó, por cierto, en la Controversia Constitucional 90/2020— y, finalmente, que esta necesaria deliberación ocurra mediante discusiones más concentradas, pues siendo tantos los asuntos relacionados, abonaría a la certeza jurídica que se discutirían y resolverían en sesiones sucesivas, acotadas en el tiempo. Justamente, esa fue la solución impulsada por el ministro presidente Don Juan Silva Meza cuando era necesario brindar definiciones sobre los alcances del fuero militar. Para que algo así ocurra, es esencial que las y los Ministros que como ponentes deben presentar los respectivos proyectos en estos casos, lo hagan a la brevedad.

En suma, la elección de la nueva Presidenta de la SCJN es una noticia positiva que debemos saludar quienes defendemos los derechos humanos, la igualdad sustantiva y la independencia judicial —por cierto escasa a nivel local en los poderes judiciales estatales debido a la permanente injerencia de gobernadores de todos los partidos, lo que muy a menudo se soslaya—. Simultáneamente, este mensaje de independencia aún debe coronarse atendiendo de forma realmente prioritaria los asuntos pendientes, sobre todo aquellos en los que es más necesario que las decisiones recientes del Ejecutivo sean examinadas. En ese sentido, la agenda pendiente de la militarización ofrece, a la vez, una oportunidad y un reto. Veremos si en este rubro el año que inicia trae consigo buenas noticias.