- La Fiscalía General de la República ha sido omisa en la creación de esta herramienta, pese a que la Ley General en Materia de Desaparición Forzada, lo ordena desde 2017; sin embargo, un juez concedió el amparo a Olimpia Montoya, buscadora de su hermano en Guanajuato, y confirmó la responsabilidad de esa institución.
- Por medio de la campaña #IdentificaciónYa, familias de personas desaparecidas hacen un llamado a las autoridades de la Fiscalía para que cumplan la sentencia de amparo y se garanticen sus derechos de búsqueda, verdad y acceso a la justicia.
Ciudad de México, 19 de octubre de 2022.- En 40 días hábiles, la Fiscalía General de la República (FGR) deberá crear y poner en funcionamiento el Banco Nacional de Datos Forenses (BNDF), herramienta fundamental para la unificación, sistematización, y el cotejo continuo de la información forense, incluida la genética, de los más de 52 mil de cuerpos sin identificar en el país; así lo ordenó un juez tras emitir sentencia del amparo promovido por una de las familiares de personas desaparecidas.
El juez Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Novena Región con sede en Zacatecas, ordena a las autoridades de la Fiscalía hacer todo lo necesario para lograr ese objetivo, incluida la obtención de recursos económicos, la creación formal de las herramientas tecnológicas, la coordinación en grupos de trabajo de personas expertas en diferentes disciplinas o crear lineamientos y reglas para su funcionamiento.
A la fecha, la FGR ha incumplido su obligación de crear y poner en operación esta herramienta de identificación, pese a que desde 2017 la Ley General en Materia de Desaparición Forzada (LGD), impulsada y promovida por las familias de personas desaparecidas, estipula claramente que operar el Banco es una obligación a cargo de la Fiscalía. Ante la inacción de las autoridades, Olimpia Montoya, hermana de Marco Antonio Montoya Juárez, —desaparecido en Guanajuato— acompañada por el Centro Prodh, presentó la demanda de amparo el 30 de agosto de 2021.
En el fallo, el juzgado se pronuncia a favor de Olimpia, e indica que “no es ajeno al profundo dolor que provoca la desaparición” y reconoce la forma en la que las familias se ven obligadas a realizar una búsqueda por sí mismas y la existencia de obstáculos institucionales durante estos procesos.
La sentencia de amparo reitera la existencia del derecho de todas las personas desaparecidas a ser buscadas y, en su caso, identificadas y establece que la omisión de la FGR genera una afectación directa para Olimpia como familiar al demostrarse durante el juicio la inexistencia del BNDF, y considera que la falta de implementación “limita injustificadamente la búsqueda” de su hermano y de todas las personas desaparecidas en el país.
Además esta decisión toma en cuenta las recomendaciones y resoluciones provenientes de organismos internacionales como el Comité contra la Desaparición Forzada (CED por sus siglas en inglés), el Grupo de Trabajo de Desapariciones Forzadas de Naciones Unidas y el Comité de Derechos Humanos.
La sentencia es contundente al determinar que, de acuerdo con la Ley, la creación del Banco correspondía a la FGR, y no a la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas como intentó argumentar la Fiscalía durante el juicio. Así, el juez determina que la inexistencia del Banco es el resultado de la inactividad y falta de coordinación interna de la FGR, una omisión administrativa inconstitucional que viola los derechos humanos de las personas desaparecidas y sus familiares.
Las familias de personas desaparecidas y colectivos de búsqueda de diferentes partes de la República, por medio de la campaña #IdentificaciónYa, hacen un llamado a las autoridades de la Fiscalía para que cumplan la sentencia a la brevedad y destine todos los recursos económicos, técnicos y humanos para que el BNDF sea una realidad. Enfatizan que la creación y puesta de operación del Banco, es fundamental para garantizar sus derechos humanos a la verdad, al acceso a la justicia y a la búsqueda de las personas desaparecidas, como lo consideró el juzgado al emitir la sentencia de amparo.