Este error de no escuchar a quienes conviven todos los días con el sistema de justicia y tienen mucho que aportar en el caso del catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, podría repetirse en el caso de las modificaciones a la Ley Orgánica de la FGR.
En las últimas semanas han tenido lugar en la agenda legislativa dos temas que son de enorme calado para la vigencia de los derechos humanos en México: el aumento de catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa y la propuesta de reforma a la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República (FGR). Ambas propuestas son preocupantes tanto por las implicaciones en la búsqueda cotidiana de justicia como por la falta de escucha a las víctimas y personas expertas.
Publicado originalmente el día 2 de marzo de 2021, en «La lucha cotidiana de los derechos humanos».
A mediados del año anterior se aprobó la reforma constitucional para aumentar el listado de los delitos por los que las personas pueden ser encarceladas aun cuando todavía no se haya comprobado plenamente su responsabilidad penal, violando la presunción de inocencia. Pero fue apenas durante la última semana de febrero cuando el Senado de la República lo aterrizó en la legislación secundaria.
Estos cambios a diversas leyes se promovieron bajo la premisa de que con ellos terminaría la impunidad en “delitos graves”. Sin embargo, no hay ningún dato que pruebe que la prisión preventiva automática haya reducido la incidencia delictiva; la evidencia muestra que, en cambio, estas medidas sí contribuyen al hacinamiento en las prisiones, llenándolas con personas a las que no se les ha demostrado culpabilidad en los delitos de los cuales se les acusa y que podrían estar sujetas al proceso penal con otras medidas cautelares.
Las y los legisladores decidieron no tomar en cuenta -pese a las audiencias- a especialistas, organizaciones civiles e instancias de derechos humanos, que advirtieron que esta figura, contraria a los estándares internacionales y a diversas recomendaciones tanto de la ONU como del Sistema Interamericano, es perjudicial sobre todo para las personas más vulnerables. Las reformas tampoco tomaron en cuenta los criterios desarrollados por la Corte IDH en el caso Mujeres de Atenco; ahí, el tribunal interamericano estableció que para no ser una medida arbitraria la prisión preventiva debía cumplir varios requisitos, a saber: tener finalidad compatible con la Convención Americana de Derechos Humanos; ser la medida más idónea para ese fin; acreditar que no existe una medida menos severa; ser proporcional y estar adecuadamente motivada. Es decir, que conforme a los estándares internacionales la prisión preventiva debe ser siempre el último recurso.
Este error de no escuchar a quienes conviven todos los días con el sistema de justicia y tienen mucho que aportar, podría repetirse en el caso de las modificaciones a la Ley Orgánica de la FGR.
La primera semana de octubre de 2020, el Coordinador de la bancada de Movimiento Regeneración Nacional (Morena), después de trabajar estrechamente con mandos de la actual FGR, presentó ante el Senado de la República una iniciativa para reformar el marco normativo de la FGR que, por sus implicaciones, podría significar un grave retroceso.
Inicialmente, la propuesta eliminaba mecanismos de control como la existencia de un Consejo Ciudadano y la participación de la sociedad en el plan de persecución penal, y debilitaba los avances hacia nuevos modelos de investigación integrales, al eliminar la posibilidad de que se crearan unidades de investigación y litigación, equipos mixtos de investigación, y unidades de análisis estratégico y de contexto. De igual forma, en una muestra de la incorrecta concepción de autonomía que la actual Fiscalía está desarrollando, esta propuesta inicial suprimía la participación de la FGR en instancias tan trascendentales como la Comisión Nacional de Búsqueda, el Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas (en adelante Mecanismo), la Comisión Intersecretarial para el Combate de la Trata de Personas, el Programa para Prevenir y Sancionar la Tortura, entre otros. La propuesta inicial planteaba, también, acotar la posibilidad de atraer al ámbito federal investigaciones en ámbitos tan graves como la tortura o la desaparición forzada.
A este paquete de reformas le es distinguible una intencionalidad clara: acabar con todas las innovaciones administrativas que se adoptaron en la legislación de la Fiscalía que se aprobó tras las interpelaciones ciudadanas de esfuerzos como #Fiscalíaquesirva, cuando éstas todavía no han sido en realidad aplicadas. En buena medida, esta intencionalidad está guiada tanto por una visión nostálgica del pasado autoritario del ministerio público y no de futuro, como por un entendimiento errado de la autonomía de los fiscales, que en vez de usarla para apuntalar la independencia en las investigaciones, la invoca para no coordinarse con otras áreas de la administración pública federal.
Los colectivos de familiares y organizaciones de derechos humanos, así como instancias internacionales y procedimientos especiales, han manifestado fuerte y alto su preocupación por estas reformas. Incluso instancias del Poder Ejecutivo con responsabilidades en el tema de desaparición han alertado de los riesgos que representa llevarla adelante. Los impulsores han dicho, sin embargo, que han tomado en cuenta observaciones que se les han hecho. Al día de hoy, no hay certeza sobre el resultado pues no se han respetado los estándares para un verdadero Parlamento Abierto.
Tanto la ampliación del catálogo de delitos de prisión preventiva oficiosa como en los eventuales retrocesos de la ley de la FGR son malas noticias para la justicia, que sigue en deuda con las víctimas del país.