Humberto Francisco Guerrero Rosales, Juan Carlos Gutiérrez Contreras, Nancy Jocelyn López Pérez, Lucía Chávez Vargas y Ulises Quero García, en representación de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos A. C., con fundamento en el artículo 44 del Reglamento de esta Honorable Corte, respetuosamente comparecemos ante este alto tribunal, con el fin de allegar el presente memorial en derecho como amicus curiae en el caso 12.449 Montiel Flores y Cabrara García vs. México, el cual fue sometido por la Ilustre Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante la “Comisión” o la “Comisión Interamericana” o “la CIDH”) a la consideración de la Honorable Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante la “Corte” o la “Corte Interamericana” o la “CoIDH”) en fecha 24 de junio de 2009, para la determinación de la responsabilidad internacional del Estado mexicano por la violación de diversos derechos consagrados en la Convención Americana de Derechos Humanos, en perjuicio de las víctimas del caso de referencia, derivada de la privación ilegal y arbitraria de la libertad, así como los actos de tortura, a los que fueron sometidos.