Cambio

MEDIO: Cambio

TIPO: Revista

AUTORÍA: Alberto Valderrábano

FECHA: 26 de abril de 2015

 

La ley de Movilidad en el Distrito Federa] tiene el propósito de mejorar la vialidad en la capital; atender el lema de las manifestaciones; así como el problema del pesado tránsito vehicular y el recorrido de los ciclistas.

Sin embargo, desde el momento de su promulgación generó un fuerte debate en particular por lo referente a las y protestas, pues se reclama que dicha legislación restringe el derecho a la librere expresión a través de las manifestaciones.

Incluso se han resuelto tres juicios de amparo que determinaron la inconstitucionalidad de diversos artículos de la legislación en los cuales se señala que se debe dar un aviso previo, por escrito y con 48 huras de anticipación, sobre la realización de una manifestación y que ésta debe tener un fin perfectamente lícito.

Otra resolución va en contra de que se prohíba absolutamente el uso de las vías primarias y por lo tanto se otorgan a la Secretaría de Seguridad Pública capitalina amplias facultades para que tome las medidas necesarias y libere las vías de comunicación obstruidas.

 

EL DEBATE

Con estas disposiciones se atenta contra la libertad de expresión, reunión y manifestación, y se condiciona el derecho a la protesta, reclaman algunas organizaciones que se sumaron en un grupo plural para promover amparos.

Originado de uno de esos amparos, un juez federal declaró inconstitucional la Ley de Movilidad para el Distrito Federal. Fue Fernando Silva García, juez octavo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, quien determinó el 23 de marzo que los Artículos 212, 213 y 214 de la legislación, vulneran el derecho a la libertad de expresión y de manifestación.

Sin embargo, el Gobierno del Distrito Federal dejó claro que lo importante es la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la cual todavía tiene pendiente revisarlas diferentes acciones de inconstitucionalidad promovidas en contra de dicha ley.

Son defensores de derechos humanos, sindicatos, ciudadanos, académicos, periodistas, activistas, así como miembros de movimientos sociales, quienes representan a cerca de 14 mil personas, los que interpusieron 20 amparos contra la Ley de Movilidad.

A este movimiento se unieron ciudadanos de los estados de Puebla, Quintana Roo y Chiapas, para pronunciarse en contra de leyes que inhiben el derecho a la manifestación y a la protesta, y autorizan el uso de la fuerza en contra de los manifestantes.

Los amparos contra la Ley de Movilidad en la capital de la República contienen un análisis constitucional que parte de la revisión integral de las garantías individuales, reconocen la crítica al gobierno y la importancia de que las opiniones deben ser garantizadas por el Estado.

Estos amparos ponen énfasis en que son valores fundamentales la manifestación pública y la protesta, que son ingredientes de las sociedades políticas democráticas y pluralistas.
Por lo tanto, los integrantes de este grupo plural señalan que, ante la Ley de Movilidad, la libertad de expresión se relaciona con el principio de la legitimidad democrática, por lo que no es posible limitar o descalificar las manifestaciones de manera previa bajo el concepto de licitud.

También refieren que las manifestaciones de descontento social no pueden atender a criterios de temporalidad, porque buscan visibilizar y llevar al espacio público temas que afectan a la sociedad.

 

RECHAZO

El Frente por la Libertad de Expresión y la Protesta Social ha señalado desde 2012 que las resoluciones en la materia se han dado dentro de un contexto altamente regresivo de las libertades democráticas en la nación.

Apunta que se ha incrementado el patrón de la represión en manifestaciones públicas, agresiones a defensores de derechos humanos, periodistas, falsa imputación de delitos a personas detenidas y aprehensiones arbitrarias.

Indica que con este tipo de leyes es preocupante que en dos años se hayan creado más de 20 iniciativas, algunas ya hechas ley, para disminuir la protesta y habilitar el uso de la tuerza, hasta llegar a la de tipo letal, todo esto en concentraciones públicas.

Los ciudadanos que están en contra de la ley de Movilidad indican que tienen mucha responsabilidad en la restricción de derechos los tres Poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

Ante una debacle democrática, una anormalidad institucional en el Estado que vulnera los derechos humanos o es incapaz de resolver los problemas sociales, surgirá la protesta, derecho libre y democrático que se ha convertido en el único mecanismo para ejercer un control democrático sobre los poderes públicos, afirman.

Este tipo de leyes, como la de movilidad en la capital del país, también ha generado preocupación en la Comisión interamericana de los Derechos Humanos (CIDH).

Emilio Álvarez Icaza, secretario ejecutivo de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos, indicó que es preocupante este tipo de legislaciones, debido a que ante estas inquietudes no se debe controlar a la población, sino a la policía, por lo que aseveró que una legislación como esta pone en evidencia el carácter antidemocrático de los gobiernos en México.

Recordó que la protesta es un efecto de problemáticas existentes que no se resolverán con la restricción a las garantías individuales o con el uso de la fuerza pública.

Por lo tanto, la garantía de los derechos humanos obedece a la existencia de una sociedad democrática y a la creación de leyes que comprometan al Estado a generar una sana convivencia social y dejar a un lado las expresiones autoritarias.

 

INCOMPLETA

La nueva Ley de Movilidad establece que los concesionarios de transporte público en esta capital que provoquen un accidente en el que el saldo sea una persona muerta, deberán pagar 190 mil pesos a los familiares de las víctimas. Por lo tanto, microbuseros, taxistas o choferes de cualquier transporte público serán obligados por las autoridades capitalinas a pagar el daño correspondiente.

De acuerdo con la ley promulgada por el jefe de Gobierno del Distrito Federal. Miguel Ángel Mancera, la reparación de los daños que tienen que hacer los transportistas no puede ser menor a los 190 mil pesos; sin embargo, puede superar la cifra si se comprueba que el fallecido tenía ingresos mayores al salario mínimo.

Especialistas en urbanismo han señalado que desde el comienzo de esta ley surgieron los problemas de una metrópoli mal planeada, cuyas arterias viales y peatonales no pueden cambia irse por decreto. El pesimismo crece porque la Ley de Movilidad no ha estado acompañada por sus reglamentos operativos, una ruta crítica para activarla y planes de inversión para aumentar la estructura peatonal.

 

INCONGRUENCIA

El Centro de Derechos Humanos «Miguel Agustín Pro Juárez» reprochó al PRD su incongruencia con esta Ley de Movilidad, pues consideró que sólo trata de capitalizar políticamente el tema de la represión en las calles, debido a que a nivel nacional está en contra de la Ley de Movilidad Universal, pero en el Distrito Federal es su principal impulsor.